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El costo de un gabinete condicionado: mujeres en el gobierno de Abelardo. – Parte 2

10 agosto, 2026 By María Consuelo Del Rio Leave a Comment

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La designación de funcionarios públicos no debería ser un acto de repartición de cuotas, sino una selección basada en la capacidad técnica, la probidad y, fundamentalmente, la independencia frente a los poderes económicos y las estructuras clientelistas. Sin embargo, los recientes nombramientos que configuran el gabinete ministerial y las direcciones estratégicas del actual gobierno evidencian que el bienestar de la ciudadanía está siendo, una vez más, subordinado a los intereses particulares de los sectores más poderosos del país. La arquitectura de este equipo parece diseñada más para blindar intereses corporativos y pagar deudas políticas que para promover la justicia social y el derecho fundamental al bienestar. Tal como lo dijimos en la primera parte, con relación a las mujeres en el gabinete de De la Espriella “la designación de estas mujeres no responde a una reivindicación de género, sino a una cooptación utilitaria. Son piezas funcionales a una maquinaria de poder que históricamente ha violentado a las mujeres, precarizado sus vidas, perseguido a las disidencias y blindado los privilegios de las élites corruptas y mafiosas[1]”.

Antes de entrar en materia resulta necesario precisar un concepto al que nos referiremos en relación con las ministras nombrados por De la Espriella: el conflicto de intereses.

No se trata solamente de un tema ético, sino también legal. El conflicto de intereses es una situación de carácter moral, jurídico y administrativo en la que el interés particular, privado o corporativo de un servidor público colisiona directamente con el interés general, la imparcialidad y los principios de la función administrativa consagrados en la Constitución.

No se requiere que el funcionario obtenga un provecho económico efectivo para que el conflicto se configure; basta con que existan circunstancias objetivas, vínculos previos con gremios regulados, relaciones familiares con personas condenadas, o lealtades con estructuras políticas y de contratación, que pongan en duda su capacidad de actuar con absoluta objetividad. En palabras de la jurisprudencia colombiana, el funcionario se encuentra ante una disyuntiva donde su deber primordial con el Estado se ve amenazado por su cercanía o compromiso con intereses ajenos a la ciudadanía.

El ordenamiento jurídico colombiano cuenta con un andamiaje robusto que prohíbe y sanciona estas conductas en el ejercicio de la función pública: Constitución Política de Colombia (Artículos 123, 124 y 209) que establece que los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad, debiendo ejercer sus funciones conforme a los principios de moralidad, imparcialidad y eficacia y dispone la responsabilidad de los funcionarios por la omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

El Código General Disciplinario en su artículo 56 tipifica como falta grave o gravísima el actuar u omitir en el ejercicio de las funciones a pesar de existir inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses, así como no declararse impedido a tiempo cuando surgen estas causales.

El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 11, regula de manera expresa la figura del conflicto de intereses y el deber de impedimento. Señala que los servidores públicos en quienes concurran estas causales deben declararse impedidos inmediatamente mediante escrito motivado, apartándose del conocimiento del asunto bajo sanción de nulidad de los actos expedidos.

El Código Penal tipifica delitos específicos como el tráfico de influencias, el cohecho, el interés indebido en la celebración de contratos y el prevaricato por acción u omisión, aplicables cuando el conflicto de intereses trasciende la falta disciplinaria y se configura como una conducta punible.

Incurrir en conflicto de intereses y omitir el deber de declararse impedido acarrea consecuencias severas en los ámbitos disciplinario, administrativo, fiscal y penal.

Con las anteriores precisiones, verificaremos quiénes son las ministras designadas, así:

1.- María Nohemí Arboleda y el bloqueo regulatorio: el conflicto en el Ministerio de Minas y Energía:

La gestión del sector energético es, quizás, uno de los pilares más sensibles para la estabilidad socioeconómica de una nación. La designación de la ministra Arboleda ha levantado una polvareda de críticas que no pueden pasarse por alto. Para comprender la gravedad de este nombramiento, debemos realizar un ejercicio de memoria: la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) es el organismo técnico encargado de establecer las reglas del mercado. En el periodo anterior, durante el gobierno de Gustavo Petro, la CREG realizó análisis técnicos para reducir las tarifas que pagan los hogares colombianos. Sin embargo XM[2] decidió no aplicar ese marco tarifario en desmedro de la ciudadanía. Sobre ello expresó en su momento el presidente Petro: “El trabajo de la CREG y del ministro de energía para expedir el nuevo marco tarifario ha terminado para bajar sustancialmente el precio de la energía eléctrica en Colombia. La empresa de la bolsa de energía eléctrica XM, no ha introducido el nuevo marco tarifario a su software para aplicarlo. Se están aplicando hoy tarifas ilegales”.[3]

Por ello el historial de la ministra Arboleda revela un conflicto de intereses flagrante. Durante su paso por XM, el operador del Sistema Interconectado Nacional, entidad que dirigió, Arboleda fue una pieza clave en la resistencia institucional para aplicar los alivios tarifarios que la propia CREG había validado como técnicamente factibles. Al desoír estas recomendaciones técnicas que habrían favorecido el bolsillo de la ciudadanía, ella se convirtió en un baluarte de la inercia regulatoria. ¿Cómo puede la ciudadanía confiar en una ministra que, desde una posición de poder técnico, bloqueó activamente las soluciones que habrían permitido bajar las tarifas? Su gestión hoy en el Ministerio es una continuación de esa postura: priorizar la rentabilidad de las grandes corporaciones generadoras sobre el derecho de los colombianos a pagar precios justos por la energía. Esta no es una gestión técnica; es una gestión al servicio del statu quo tarifario. Una ministra debe ser garante del usuario final, no un facilitador de márgenes corporativos que castigan la capacidad de subsistencia de millones de hogares.

2.- Ana María Vesga: el sector salud bajo la lupa

Si el sector eléctrico es crítico, el de la salud es, por definición, un derecho fundamental. El nombramiento de Ana María Vesga no solo es un error político, sino una afrenta directa a la necesidad de reforma del sistema de salud. Vesga, quien fungió como presidenta de ACEMI, el gremio que agrupa a las EPS más poderosas, durante el gobierno anterior, se convirtió en la voz más férrea contra cualquier reforma que quitara poder económico a las aseguradoras. Su labor principal fue cabildear, mediante la construcción de narrativas de crisis financiera, para bloquear cualquier transformación de un modelo que ha sido ampliamente cuestionado por su tendencia a mercantilizar la vida.

El conflicto de intereses aquí no es una mera percepción; es un hecho documentado que colisiona con la legislación. Vesga fue responsable de instalar el discurso de que la Unidad de Pago por Capitación (UPC) era insuficiente, desconociendo deliberadamente las graves denuncias sobre el desvío de recursos, el robo sistemático mediante sobrecostos y la falta de transparencia en la gestión financiera de las EPS. Mientras la ciudadanía sufría la negación de servicios y la fragmentación de la atención, la hoy ministra se dedicaba a defender los balances financieros de sus representados. Nombrar a quien fue la guardiana de los intereses financieros de las EPS para liderar la cartera de salud es, en la práctica, entregarle el control del sistema a quienes lo han desangrado. Este nombramiento ignora la ética pública y el espíritu de la ley, enviando un mensaje peligroso: el gobierno no busca garantizar el acceso a la salud, sino asegurar la supervivencia de un modelo de negocio incompatible con el bienestar.

3.- Natalia Eugenia López Fuentes y las alianzas oscuras: el Ministerio de Trabajo:

El nombramiento de la ministra de Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, exige un análisis sobre las redes de complicidad que la sustentan. Si bien en su hoja de vida formal no figuran antecedentes disciplinarios directos, el verdadero conflicto radica en los padrinos que avalan su designación. López Fuentes es una ficha directa del exalcalde de Medellín, Federico “Fico” Gutiérrez, un actor político cuestionado por los señalamientos sobre los nexos históricos de sus círculos cercanos con estructuras del narcotráfico. A esta sombra se suma su articulación política con figuras como Marcos Daniel Pineda García, un dirigente ampliamente cuestionado por graves escándalos de corrupción.

En la política regional, los padrinos definen las lealtades reales. Colocar al frente del Ministerio del Trabajo a una persona apadrinada por liderazgos manchados por la corrupción y el paramilitarismo envía un mensaje devastador para los sindicatos y los trabajadores. La cartera laboral, que debería ser el bastión en la defensa de los derechos de la clase trabajadora, queda bajo sospecha de responder a intereses de maquinarias oscuras. Permitir que la gobernanza laboral sea loteada entre clanes políticos vinculados a redes de ilegalidad desnaturaliza la función del Estado, convirtiendo al ministerio en una moneda de cambio para satisfacer acuerdos de élites regionales comprometidas con el clientelismo.

Otras mujeres han sido nombradas por el señor de la Espriella en posiciones determinantes en el funcionamiento del Estado, sin que ninguna de ellas sea representativa de las reivindicaciones de las mujeres sino de otros intereses que riñen con los valores y principios de la moral pública. Solo mencionaré dos casos:

a.- El caso de Lina María Garrido: la captura de la institucionalidad agraria:

Su  nombramiento fue anunciado para el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), una designación que desató una tormenta de críticas debido a la evidente falta de correspondencia entre su perfil profesional y los requisitos técnicos que demanda una entidad de tal envergadura científica y técnica. Lejos de recapacitar ante el señalamiento público, el gobierno decidió “reciclarla”, oficializando finalmente su nombramiento en la Agencia Nacional de Tierras (ANT) mediante el Decreto 1149 del 10 de agosto de 2026.

Este traslado no solo confirma la improvisación, sino que profundiza los interrogantes sobre su idoneidad ética. Garrido Martín es hija de Jesús Hernando Garrido Boscán, exsecretario de Educación de Arauca, quien cuenta con condenas judiciales por contratación sin cumplimiento de requisitos y peculado por apropiación. Además, su esposo, Nelson Albey Tirado Nossa, es señalado en denuncias ciudadanas de fungir como testaferro en la adquisición de inmuebles de alto valor con recursos que tendrían origen ilícito relacionado con la corrupción pública.

La entidad encargada de restituir y administrar este recurso esté liderada por alguien cuyos vínculos familiares están inmersos en investigaciones por corrupción, es un acto de cinismo institucional que pone en riesgo el patrimonio rural de la nación.

b.- El caso de Carolina Gómez: la degradación de los estándares:

Por otro lado, la designación de Carolina Gómez como vocera oficial es un insulto a la inteligencia del electorado. La señora Gómez no solo carece de la formación técnica necesaria, sino que ha sido protagonista de un engaño público al arrogarse el título de abogada sin haber culminado sus estudios ni contar con la titulación profesional requerida. Que una vocera del gobierno, cuya función primordial es la transparencia y la comunicación veraz, cimente su nombramiento sobre una mentira flagrante, es una señal de alarma.

Esta serie de nombramientos revelan un desdén absoluto por la ética pública y el rigor profesional, evidenciando una gestión erosionada por el favoritismo y la improvisación. No son hechos aislados, configuran un patrón de captura del Estado por intereses privados, maquinarias políticas y una preocupante carencia de rigor.

Cuando las carteras estratégicas y los voceros son elegidos mediante el clientelismo, el engaño sobre credenciales o el amparo a perfiles con vínculos criminales, el interés general queda huérfano. La responsabilidad recae directamente sobre el presidente, cuya promesa de transformación ha sido reemplazada por la designación de personas que representan todo lo que el país reclama combatir. La función pública exige una independencia ética que hoy brilla por su ausencia. La ciudadanía no exige favores, exige una gestión transparente y digna que no es negociable. La historia juzgará estos nombramientos por la absoluta ausencia de resultados en beneficio de la nación y ejerciendo nuestro derecho de control ciudadano estaremos atentas (os).

Los “nunca” con los que de la Espriella” engañó a su electorado, son los de “siempre” o quizás un poco peores.

_______________________

[1] Revista Sur “Cómplices del patriarcado y la corrupción: las ministras de Abelardo De la Espriella – parte 1, María Consuelo del Río Mantilla, 7 de agosto de 2026

[2] XM (cuyo nombre legal es XM Compañía de Expertos en Mercados S.A. E.S.P.) es la empresa filial de ISA que funciona como el «cerebro» o la torre de control del sector eléctrico en Colombia. Se encarga de operar en tiempo real el sistema de energía del país y de administrar el mercado donde se compra y se vende la electricidad

[3] https://x.com/infopresidencia/status/1885149608327688493/video/1

 

María Consuelo del Río Mantilla, Presidenta Liga Internacional de Mujeres por la Paz y la Libertad, Vicepresidenta Corporación Sur

Foto tomada de: Infobae

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