Los contenidos del borrador
El proyecto propone una ley estatutaria antiterrorista y contiene una serie de medidas restrictivas de las libertades civiles y políticas, como aquellas contenidas en el Estatuto de Seguridad de Turbay Ayala, pero obviamente actualizadas tanto a los adelantos tecnológicos como la aparición de las criptomonedas como de los drones y el conjunto de avances en materia de comunicaciones. Todas las medidas buscan dotar al Estado de nuevas funciones para prevenir, perseguir y sancionar el terrorismo, sus redes de apoyo y las economías ilícitas que lo financian.
Los peligros que acechan a la democracia y al Estado Social y Democrático de derecho y con dichos riesgos a las libertades democráticas, son inmensos entre otras razones por la ignorancia de los altos funcionarios nombrados por Abelardo de la Espriella en casi todos los altos cargos, pero particularmente notorio en los temas de Justicia, Seguridad y Defensa. Comencemos por la definición de terrorismo que trae el borrador del proyecto nos dice que Terrorismo: Es una manifestación de naturaleza individual, grupal o colectiva, que se concreta en la producción de miedo, pánico o zozobra, generando riesgos, amenazas o el uso de la violencia, dentro de un contexto de aplicación de derechos humanos o dentro del marco del conflicto armado internacional o conflicto armado no internacional. Para este último caso, se concreta en ataques indiscriminados contra la población civil, bienes protegidos, activos e infraestructura estratégica o critica, buscando influir, coaccionar o desestabilizar el Estado, la democracia y el orden constitucional.
Ninguna referencia en esta amplia y ambigua definición a lo que en el derecho internacional de los derechos humanos y en el derecho internacional humanitario se entiende por terrorismo, que es muy acotado, precisamente para evitar desbordes autoritarios de las autoridades estatales. La resolución 1566 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas del año 2004 describe los actos terroristas como:
- “actos criminales, inclusive contra los civiles, cometidos con la intención de causar la muerte o lesiones corporales graves, o la toma de rehenes, con el propósito de provocar un estado de terror en la población en general, en un grupo de personas o en una determinada persona, intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo”.
Es por ello que la oficina del Alto Comisionado para los derechos Humanos de Naciones Unidas destaca tres componentes esenciales (1) El acto material (Actus reus): delitos graves como homicidios, lesiones severas o secuestros. (2) Propósito específico: provocar terror público, intimidar a una comunidad o coaccionar a una autoridad o gobierno. (3) Carácter injustificable: la ONU recalca que estos actos no pueden justificarse en ninguna circunstancia por consideraciones de índole política, filosófica, ideológica, racial, étnica o religiosa.
Pero hay un elemento fundamental que todo el proyecto de decreto del Gobierno de Abelardo de la Espriella omite y es que lo que justifica ciertas restricciones a las libertades civiles y políticas en la lucha contra el terrorismo y este elemento central es la prevención a la violación de los derechos humanos de la población civil. El rabo de paja del discurso de la extrema derecha sobre lucha contra el terrorismo o las reglamentaciones restrictivas que se pretenden sobre la protesta social, es que lo único que las justificaría, por eso las definiciones tienen que ser muy precisas y acotadas, es justamente lo que ellos, Trump, Rubio y De la Espriella, no buscan, que es la protección y defensa de los derechos y las libertades que son la esencia de la declaración universal de los derechos humanos.
Dicho de manera simple, los autoritarismos de derecha, lo que buscan es la protección de la autoridad estatal, de sus abusos y desmanes, en contra de las libertades civiles y políticas y de los derechos económicos, sociales y culturales de la población. El Estado autoritario busca proteger los intereses de las multinacionales, de las mineras ligadas al extractivismo, a los grandes conglomerados económicos y financieros y para proteger esos intereses, se busca limitar por todos los medios la protesta ciudadana, la consulta previa, el ejercicio de la oposición, la división de poderes, todas conquistas democráticas que son parte del proyecto de una izquierda democrática y que deben ser parte del proyecto del cambio democrático.
Ahora bien y sin desmedro que más adelante volvamos sobre el tema, pues este estatuto antiterrorista como el decreto que busca limitar la protesta social o el que busca limitar las consultas previas, son parte del proyecto autoritario de De la Espriella, quisiéramos señalar algunos elementos críticos adicionales a este proyecto de Estatuto de Seguridad 2.0. Un inmenso peligro se cierne sobre las organizaciones nacionales de defensa del territorio como la guardia indígena o la guardia cimarrona, las organizaciones de derechos humanos que velan por la protección de lideres, lideresas y comunidades, todas ellas con esta definición abstracta y ambigua de terrorismo, podrían ser incluidas como redes de apoyo a organizaciones terroristas. El proyecto contempla la creación de un Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas, busca fortalecer mecanismos de protección a las arbitrariedades que en su lucha contra el llamado terrorismo puedan cometer las Fuerzas Armadas y de Policía, todo ello complementado con tipificar y crear nuevos delitos y agravar penas relacionadas con delitos relacionados con el terrorismo.
Así mismo contempla el proyecto mayores controles a las actividades económicas y financieras, así como la creación de una dependencia de la presidencia de la República el Alto Comisionado contra el Terrorismo y una autoridad de sanciones financieras adscrita a la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, que le permitiría congelar fondos y activos, vigilar operaciones financieras y sancionar incumplimientos.
En suma, se trata de un proyecto autoritario que se pretenderá vender ante la opinión pública como un proyecto necesario para enfrentar a los actores armados ilegales a quienes se les ha declarado la guerra total y como aquel proyecto de Turbay Ayala de hace ya 48 años lo único que lograra es agravar la crisis de derechos humanos, el desplazamiento forzado de comunidades, y al final levantará como en aquellos años un movimiento nacional e internacional de condena, y este redimido estatuto irá a los anales de la historia con más pena que gloria.
Este gobierno ni imaginación tiene, lo que busca es reencauchar políticas fracasadas: fumigaciones ahora con glufosinato de amonio, antes desde mediados de los años noventa se asperjaron 1.7 millones de hectáreas con glifosato, para complacer a los Estados Unidos y a su pretendida lucha contra el narcotráfico, mientras que allá no se investiga el lavado de activos, que se hace en su sistema financiero como en Europa, aquí se vuelve a políticas que han fracasado, esto solo ocasionará enfermedades para las comunidades, pobreza, crisis de derechos humanos; volvemos al Estatuto de Seguridad y seguramente a la represión sobre las protestas sociales. Si esto es lo que se quiere imponer, desde el campo popular vendrán nuevos estallidos sociales y paros regionales y nacionales. Hay que fomentar la alianza de la izquierda democrática con los sectores progresistas para levantar como en los años setenta del Siglo XX un gran movimiento por la defensa de los derechos humanos. Así estamos hoy en Colombia.
Pedro Santana Rodríguez, Director Revista Sur
Foto tomada de: CAMBIO Colombia

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