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¿Son esclavistas los capitalistas?

17 noviembre, 2025 By Alberto Maldonado Copello Leave a Comment

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En septiembre de 2025 el Consejo de Estado le ordenó al presidente Petro borrar un trino[1] y retractarse públicamente por acusar a la ANDI y a su presidente Bruce Mac Master de varias cosas, entre ellas la de “defender el esclavismo”; en otros trinos Petro se ha referido a los capitalistas como esclavistas. Y en un discurso dice expresamente lo siguiente: “Porque llevar a los trabajadores a vivir con salarios de hambre y que no tengan pensión y que no tengan salud se llama esclavismo.[2]” El Consejo de Estado consideró que Petro hizo “imputaciones de hecho sin sustento fáctico ni probatorio.”

Si consideramos que un esclavo es una persona que es propiedad de otra y es obligada a trabajar en beneficio de ella, es claro que el presidente Petro está equivocado. La definición del diccionario Oxford en inglés dice que un esclavo es: Persona que es propiedad de otra personas y es obligada a trabajar para ella y a obedecerle[3].  El diccionario de la Real Academia de la Lengua española tiene una definición más laxa: “dicho de una persona: que carece de libertad por estar bajo el dominio de otra.” El antónimo de esclavo es libre.

La OIT utiliza la noción de trabajo forzoso: “es aquel que se realiza de manera involuntaria y bajo amenaza de una pena cualquiera, es decir, cuando una persona es obligada a trabajar o no puede renunciar por coerción, amenaza o engaño[4].”

Un trabajador asalariado, es decir, aquel que vende su fuerza de trabajo a un capitalista, es libre en dos sentidos: a) está libre de medios de producción para elaborar directamente mercancías y venderlas en el mercado; su única propiedad es su fuerza de trabajo; b) es libre de vender su fuerza de trabajo a quien quiera comprarlo, mediante un contrato.

Un contrato es la manifestación de la voluntad de dos partes: “Un contrato (antiguamente es un acuerdo jurídico, ya sea oral o escrito, celebrado entre dos o más personas (denominadas partes), que cuentan con capacidad jurídica y que se obligan recíprocamente en relación con un objeto determinado.[5]” El contrato es voluntario. En el caso de la fuerza de trabajo, el trabajador entrega su capacidad de trabajo, para ser utilizada en un tiempo determinado, a cambio de una suma de dinero denominada salario (que puede incluir tanto el salario base como unos ingresos adicionales llamados prestaciones). En Colombia se realizan o mantienen anualmente cerca de 12 millones de contratos laborales. Se trata de una relación entre partes jurídicamente iguales, en la cual no hay, en principio, coerción alguna sobre el trabajador.

En principio, porque cuando el asunto se examina con más detenimiento, aparecen matices que quizá los magistrados del Consejo de Estado no tuvieron en cuenta.

¿Hay coerción? Un trabajador asalariado, libre de medios de producción, no está obligado por el capitalista a firmar el contrato. Y si lo ha firmado, tiene la libertad de renunciar. Pero qué ocurre si: a) ¿no firma el contrato porque no le parece conveniente?; b) ¿renuncia a su contrato de trabajo? Pues sencillamente que se queda sin ingresos para vivir, sin los medios monetarios para pagar el arriendo, comprar los alimentos y demás bienes y servicios.

Existe realmente una coerción, es decir “una presión ejercida para forzar su voluntad o su conducta”. La aparente libertad se desvanece. Es una coerción muda que surge de la estructura económica: la relación social entre capitalistas y asalariados lo obliga a firmar el contrato y a tratar de mantenerlo vigente. Algunos individuos podrán escapar (transitoriamente en la mayoría de los casos) a este dominio, pero la clase trabajadora en su conjunto no puede hacerlo. En sentido real está bajo el dominio de otra clase, es decir, no es libre. Si no es libre es, por tanto, esclava. La clase de los trabajadores asalariados les pertenece a los capitalistas desde esta perspectiva. El cuerpo del trabajador asalariado no le pertenece en su totalidad al capitalista, pero si su actividad durante un determinado horario.

De otra parte, una vez firmado el contrato, el trabajador debe incorporarse a la empresa capitalista y realizar su trabajo de acuerdo con los reglamentos y las órdenes de los patronos. En su calidad de propietario y vendedor de su fuerza de trabajo, es un ciudadano “libre”, igual jurídicamente que su patrón capitalista. Pero una vez que ingresa en el proceso de producción se convierte en un subordinado que debe obedecer. Al interior de la empresa capitalista no hay elecciones democráticas, ni separación de poderes, ni libertad de expresión. El trabajador queda bajo el dominio despótico del capitalista. La mayor parte de su vida ocurre, por tanto, en condiciones de dominio y de subordinación, no de libertad.

Desde la perspectiva anterior podría decirse entonces que los capitalistas son esclavistas, sin faltar completamente a la verdad. Pero desde la perspectiva de la definición estricta de esclavo como propiedad de otro en su corporeidad, no sería cierto. Tampoco es cierto que la “esclavitud capitalista” consista en que le paguen salarios de hambre sin acceso a salud y pensión como dice Petro; aunque el capitalista le pague un salario más alto que le permita alimentarse bien sigue sometido y forzado a vender su fuerza de trabajo.

La esclavitud es una forma de producción mediante una determinada relación social de producción; el capitalismo es otra forma de producción, mediante otra relación social de producción.

¿Qué tienen en común? En los dos casos una clase domina a otra y la obliga a trabajar en su beneficio. En el caso del esclavo lo obliga a trabajar para producir objetos que son de propiedad del esclavista, dejando una pequeña parte para el mantenimiento de los esclavos. En el caso del trabajador asalariado también éste elabora todo el producto que es propiedad del capitalista, el cual le devuelve solamente una parte, el equivalente de su salario y se queda con el excedente. El patrón se enriquece con el trabajo de sus asalariados. Los dos son sistemas explotadores.

Pero la forma de la explotación es diferente. En la esclavitud el dominio es abierto y claro: el esclavista tiene a su servicio la fuerza y la violencia para someter y forzar al esclavo. En el capitalismo el dominio es indirecto, es la fuerza muda de las circunstancias económicas, fundamentadas en una relación monetaria de compra y venta en el mercado. La explotación en el capitalismo se oculta porque el trabajador tiene un grado de libertad y además se siente libre. Pero es igualmente forzado a trabajar para otro. Los defensores del capitalismo tienen, por tanto, la tendencia a enfocarse principal y a veces exclusivamente, en la dimensión de la libre contratación entre capitalistas y trabajadores, en la cual priman la libertad, la igualdad, la propiedad y la búsqueda del interés particular de cada cual. Y omiten, prudentemente, explicar por qué en el mundo de la igualdad han aparecido clases tan diferentes, y prefieren no mirar las relaciones de dominio al interior del proceso productivo en las empresas.

De otra parte, aparecen todavía en la sociedad capitalista otras formas de trabajo forzado, de esclavitud moderna y la trata de personas. Son formas particulares que coexisten con la forma general del trabajo forzado. “La esclavitud moderna adopta muchas formas y se conoce con muchos nombres: trabajo forzado, matrimonio forzado o servil, servidumbre por deudas, explotación sexual comercial forzada, trata de seres humanos, prácticas análogas a la esclavitud, y venta y explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes”

En 2021 había en el mundo 50 millones de personas en esclavitud moderna, de las cuales 28 millones en trabajos forzados y 22 millones en matrimonios forzados. En ese año había en Colombia 397.000 personas en condición de esclavitud moderna.[6]

La acusación no es contra los empresarios como personas naturales. Tampoco contra los empresarios en general sino contra los empresarios capitalistas, especialmente los más grandes. Es contra el modo de producción capitalista: el capitalismo es el problema.

_______________________

[1]  https://www.lasillavacia.com/en-vivo/tutela-ordena-a-petro-retractarse-por-decirle-esclavista-a-la-andi/

[2]  https://www.lasillavacia.com/detector-de-mentiras/los-esclavistas-las-narrativas-de-petro-contra-el-empresariado/

[3]  “person who is owned by another person and is forced to work for and obey them.”

[4]  https://www.ilo.org/es/temas/trabajo-forzoso-formas-modernas-de-esclavitud-y-trata-de-seres-humanos/que-son-el-trabajo-forzoso-las-formas-modernas-de-esclavitud-y-la-trata-de#:~:text=La%20definici%C3%B3n%20del%20trabajo%20forzoso&text=29)%20de%20la%20OIT%2C%20el,individuo%20no%20se%20ofrece%20voluntariamente%22.

[5]  https://es.wikipedia.org/wiki/Contrato

[6]  Walk Free, Índice global de esclavitud moderna, 2023, https://cdn.walkfree.org/content/uploads/2023/07/01130932/Global-Slavery-Index-2023-Spanish.pdf

Alberto Maldonado Copello

Foto tomada de: Plaza Capital

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Filed Under: Revista Sur, RS Desde el sur

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