Primero, llama la atención la mala comprensión de las matemáticas. No es lo mismo tres puntos porcentuales de los 16 puntos porcentuales que se aportan pensiones; que el 3% sobre los aportes. Ya se ha demostrado que lo primero equivale a un 18.8% sobre el ingreso base de cotización (IBC) y si se le suma 1,5 puntos porcentuales para el seguro de pensión mínima, esto equivale al 28.1% y si se aporta sobre más de 4 salarios mínimos esto traspasa el 32% del IBC, que se destinan a pagos de comisiones administrativas, seguros y fondos de solidaridad. Mientras que el 3% es solo unas palabras ligeras que conducen a errores del cálculo. La ley es muy clara: son tres puntos porcentuales del IBC y de allí para arriba.
Segundo, y esto es tal vez lo más relevante, no hay claridades sobre qué es una pensión. De acuerdo con las normativas colombianas, la pensión es un derecho para tener un ingreso en una edad de adulto mayor. La Ley define esta edad en los 57 años para las mujeres y en los 62 para los hombres, previo a unas condiciones de semanas cotizadas, entre otras especificidades. La ley 100 estableció un sistema de pensiones conformado por dos regímenes, uno público (Colpensiones) y otro privado (fondos de pensiones) que se encargan de regir las condiciones para quienes aportan a pensiones (contributivo). La ley es también clara en ordenar la progresividad, de tal manera que se les garantice una pensión a las personas no cubiertas con el régimen contributivo. De esta forma es claro que la Ley define la pensión como un derecho a un ingreso que si bien, en primera instancia, este obedece a una contribución atada al contrato de trabajo durante la vida laboral, es un imperativo llevarla a la universalidad para la población de adultos mayores.
Ahora, se ha presentado una confusión producto de la venta que los fondos privados han hecho del sistema. En principio los aportes van a una cuenta de ahorro individual que recibe ingresos por rendimientos e incluso si es del caso se vuelve heredable. Este ahorro dará derecho a una pensión mínima o más si el monto es lo suficientemente grande para permitirlo. Un año atrás la Corte Constitucional debió fallar en torno a la protección de la pensión mínima, dado que las condiciones de mercado e incluso los años de sobrevivencia podrían llevar a la extinción del ahorro pensional. Así que la pensión es en sí misma un derecho que no se pierde y se le dio el piso mínimo equivalente a un salario mensual legal. La evidencia empírica muestra que los fondos privados en un 80% pensionan a sus afiliados con un salario mínimo. Quien tienen salarios mayores, por lo general, se trasladan a Colpensiones, al régimen público, donde se demuestra que los montos de la pensión son mayores.
En últimas, todos terminamos aportando al sistema para poder pensionarnos, y de acuerdo con las características de cada régimen, serán las magnitudes de la pensión. Eso de que es una cuenta individual solo sirve para llevar un registro y para calcular el monto de la pensión, que a todas luces parece que terminan como un salario mínimo en los fondos privados.
Los fondos privados asumen entonces el manejo de las cuentas individuales. Equivale en estos momentos a que gestionan unos 358 billones de pesos, los cuales utilizan para generar rendimientos, para mover inversiones en los mercados de capitales e incluso para prestárselos al gobierno a través de títulos de deuda pública, los que necesariamente generan intereses que van a incrementar las cuentas privadas y de los cuales, es obvio, representan ingresos por administración y aumentan las utilidades de los fondos. En últimas los colombianos les entregamos los recursos para que ellos los gestionen libremente, también se los prestan al gobierno, que tendrá costos financieros fiscales, y de los cuales van a derivar utilidades. Pasa el tema de ser un asunto de seguridad social a uno financiero. Y en este sentido se le da una connotación de individual, generando la falacia del esfuerzo y del éxito, pero que termina por lo general en un salario mínimo.
Esto que se mostró como una innovación financiera y social ha terminado en el reconocimiento a su poca efectividad. Desde el Banco Mundial, la OIT hasta los países más emblemáticos en el modelo como Chile, han decidido dar reversa y apostar por robustecer el sistema público y dejar al privado como un pilar opcional, como una alternativa en el mercado para incrementar las pensiones de quienes posean la capacidad para hacerlo. En Colombia ha habido un acuerdo básico para hacer esto, la diferencia es si al régimen público van de manera obligatoria todas las personas que cotizan sobre un salario mínimo, como sugieren desde el gobierno y los gremios interesados, o si ese tope es de cuatro salarios mínimos, que le diera la posibilidad al 93% de la población trabajadora colombiana de tener una mejor pensión, como se ha propuesto desde la sociedad civil y que ha sido recogida por una de las campañas políticas. Esto obviamente no expropiaría a nadie, solo que el derecho a pensión se mantendría desde otro régimen y probablemente en mejores condiciones, como repito ya han venido haciendo otros países de la región.
Y si bien esto aplica para las personas del régimen contributivo, salvaguardando una pensión digna; la obligación de ampliarlo a quienes nunca han cotizado o sencillamente no les alcanzará lo ahorrado para garantizar una pensión mínima se convierte en un imperativo ético y moral, en un acto de justicia humana y distributiva. En Colombia solo viene cotizando el 39.02% de la población trabajadora afiliada a pensiones y dadas las condiciones de semanas y montos ahorrados, se estima que dos tercios puedan realmente llegar a pensionarse. Si se compara con el sector rural, se tiene que cotiza el 14% lo que arroja unas muy pocas posibilidades de pensión frente al promedio del país. La precariedad en los mercados laborales rurales, unida a las condiciones propias de la estacionalidad en algunas producciones, hace que la situación de continuidad en los aportes sea aún más volátil y por ende las posibilidades de una pensión sean reducidas y cuando se dan, difícilmente superan el mínimo de ley.
Ese es el tamaño de nuestra realidad pensional. Ahora, en términos de la magnitud financiera se tiene que el país invierte el 4,41% del PIB anual en pensiones siendo el de menor dimensión entre los miembros de la OCDE. Esto representa $51,9 billones de pesos que es lo destinado en el presupuesto 2022 para el pago de pensiones. Sin embargo, el detalle es interesante observarlo: $8,1 billones va para los pensionados afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del magisterio. $10,9 billones cubren el pasivo pensional del Sector Defensa y Policía. $825.000 millones pensiones de Telecom. $501.000 millones pensiones de los ex funcionarios del ISS y $325.000 millones para cubrir las pensiones a cargo de Positiva. $11,1 billones pago de pensiones a través del Fondo de Pensiones Públicas. De los recursos de Colpensiones, $18,9 billones son para el financiamiento del pago de pensiones y $114.000 millones para el pago de los beneficios económicos periódicos (BEPS). Así que buena parte de lo que se va en pensiones tiene que ver con los regímenes especiales, los mismos de los que muy pocos quieren hablar.
Hay que revisar los regímenes especiales (altos servidores públicos y fuerzas armadas, entre otros), esto sí que explica buena parte del déficit. Estamos ante una bomba social y no fiscal. Entenderla significa comenzar a buscar otros caminos, a emprender como sociedad las soluciones necesarias para que los que aportan al sistema puedan tener una pensión digna y quienes no lo hacen también puedan gozar de un ingreso básico que les permita no estar en la miseria. No es tan difícil entenderlo, no se trata de un logro individual y mucho menos una innovación financiera; es una apuesta como sociedad y un acto de justicia con quienes ya no tienen las condiciones para buscar por sus propios medios los ingresos necesarios para vivir. En últimas se trata de tener un proyecto de sociedad justa y equitativa, que parece es el que no está claro y que los propios candidatos y candidata a la presidencia prefieren eludir.
Jaime Alberto Rendón Acevedo, Director Centro de Estudios e Investigaciones Rurales (CEIR), Universidad de La Salle
Foto tomada de: Colombia Informa
Carlos says
Muy interesante la exposición, gracias
Una consulta a la que no he podido dar luces ,algunos sentimos incorrecto el concepto de vivir para sólo trabajar y cuando los fondos privados ofrecieron la oportunidad de pensión anticipada realizamos aportes voluntarios a pensión obligatoria, eso representa que si quiero una pensión mínima a los 45 o 50 compré años ( invaluables ) para proyectos personales o levantarse a las 8 .
Siendo un buen pobre como la mayoría de los colombianos en donde quedamos los que nos atrevímos a tener un proyecto como este en las propuestas de reforma que siento justas si son buscando la equidad y universalidad ?
Gracias