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Legalidad de la propuesta del presidente Petro ante la ONU: conformar un ejército multinacional

29 septiembre, 2025 By Alberto Ramos Garbiras Leave a Comment

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Si alguien relee la Convención o tratado sobre el genocidio, basado en la Resolución de la Asamblea General número 260 de 1948 (que empezó a regir desde 1951), ese lector podrá cerciorarse que la totalidad de las conductas delictivas allí descritas las ha perpetrado el gobierno de Israel, siendo este uno de los crímenes de guerra más espantosos (como en Ruanda y Sudán), porque se trata de lesionar comunidades o grupos; en el caso de Gaza, se trata de exterminar varios poblados y afectar a más de 2.000.000 personas para desplazar al resto y apropiarse del territorio, no solo es un crimen de lesa humanidad (lesiona a todo el que lo escuche y lo ve en los medios de comunicación,) y golpea la dignidad de toda la población Gazatí, las víctimas colaterales y a todos los que no enteramos de semejante exterminio.

Además, el genocidio comenzó a hacer parte del derecho internacional después de la segunda guerra mundial para prevenir y castigar futuras conductas relacionadas con la intención de destruir, total o parcialmente, una comunidad nacional, étnica, racial o grupo religioso; matar a miembros de un grupo, causándoles graves daños físicos o mentales; imponer condiciones de vida destinadas a destruir el grupo, impedir nacimientos o asesinar a niños, so pretexto que al crecer serán terroristas. Y en el caso de Gaza, ni se previno ni se castigó el genocidio, pisotearon el derecho internacional y ejecutaron esas conductas en las narices de todos los gobernantes del mundo.

La prepotencia de Israel y su conducta tolerada, con la complicidad de EEUU, tiene que ver con una liga de autócratas de derecha y la disposición nuclear que posee Israel. Este aspecto crucial hoy en el mapa geopolítico lo constatamos con el pugilato respecto a Irán, que si ha apoyado a los palestinos. Como lo explican Yolanda Díaz y Agustín Santos Maraver, en reciente reflexión politológica, para  encontrar una de las razones del caos y desorden mundial, “la recuperación de la lucha contra las armas nucleares y el peligro de extinción planetaria que representan en la nueva competencia multipolar, relanzando el Tratado de No Proliferación (TNP) y reafirmando la obligación moral a través del Tratado de Prohibición de Armas Nucleares; no dejando atrás causas perdidas de opresión como la situación  de Myanmar, un país sumido en una cruel guerra civil contra la dictadura militar”. (Diaz y Maraver, 2025)

La impunidad está imperando en estos dos años de invasión con genocidio y etnocidio. La investigación adelantada por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, ante demanda de Suráfrica contra el Estado de Israel, pero quedó en el aire, por el incumplimiento y la burla de Netanyahu a la justicia internacional, demanda de Suráfrica se centró en solicitar que el Estado de Israel dejara de atacar militarmente a la población Gazatí, sobre todo la intensidad de los ataques a la ciudad de Rafah. Y luego, Suráfrica ha insistido en medidas cautelares, por tercera vez, para evitar la continuación del genocidio, las ha obtenido pero el Estado israelí y su cúpula gubernamental no acatan nada. La CIJ conoce de demanda entre Estados por violaciones a la Carta de las Naciones Unidas, ONU, de la cual es parte Israel. De otro lado la CPI conoce de violaciones al derecho internacional, cometidas por individuos, esa es la diferencia. Pero la captura de Netanyahu no se ha hecho efectiva.

Raji Sourani, coordinador del equipo jurídico ante la CPI, expresó, “Como sociedad, no podemos permitir que el Derecho internacional muera en Gaza al permitir la impunidad de Israel. A medida que hay más instituciones que llegan a las mismas conclusiones, no puedo sino esperar que se ejerza una mayor presión sobre los gobiernos que siguen ayudando y proporcionando armas a Israel. Para que estas declaraciones y reconocimientos ofrezcan alguna esperanza tangible al pueblo de Gaza, deben ir acompañadas de medidas exhaustivas”. (Sourani, 2025).

Según la Carta Fundacional de la ONU, que es un tratado entre los 51 Estados fundadores hoy son 193 Estados, el respeto de los derechos humanos (patrimonio de la humanidad) cubren a todos los países, así no sean miembros. Se puede ver y apreciar así en el artículo 2 numeral 6. “La Organización garantizará que los Estados que no sean Miembros de las Naciones Unidas actúen de conformidad con estos Principios en la medida que sea necesario para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales”. Es decir, ningún Estado así no haga parte de ese organismo multilateral podrá llegar a violar los derechos humanos en otro país, ni so pretexto de no hacer parte tampoco de la Corte Penal Internacional (CPI). Invadir para matar y exterminar viola la paz en ese país, en la región, lesiona la humanidad y altera totalmente la seguridad regional e internacional. Eso es lo que ha hecho Israel en dos años de genocidio continuado.

Y en consonancia con los propósitos y principios de la ONU, Capitulo primero, artículo 1, “Los Propósitos de las Naciones Unidas son: 1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz, y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz”. Los principios son una fuente principal del derecho y cubren o abarcan toda la normativa de la Carta fundacional o Constitución mundial, pero la ONU no ha tomado las medidas colectivas eficaces ni para prevenir ni para eliminar las amenazas a la paz.

Aquí está la principal razón para que el presidente Petro solicitara desde Nueva York el llamado a reclutar un ejército multinacional, y proceder a decidir la conformación y actuación de un ejército multinacional de intervención para enfrentar a los genocidas. De su enjundioso discurso se desprende que también esta lacerada la humanidad como sujeto político. Basta leer la Declaración Universal de los derechos humanos también aprobada por la ONU en 1948, el artículo 28 expresa tajantemente: “Todo el mundo tiene derecho al orden social e internacional en el cual los derechos y libertades expuestos en esta Declaración puedan ser plenamente desarrollados”. Este ejército multinacional en nada se parece a los Cascos Azules, que también pertenecen a la ONU para misiones de paz, después de terminadas las guerras, para repartir alimentos, ayudas humanitarios, misiones de desminado, tareas de desarme al concluir esas guerras y otras labores, pero no son efectivos para frenar un genocidio ni la comisión de crímenes de guerra.

Ese ejército multinacional que invocó el presidente de Colombia, está concebido y normado en el mismo tratado que fundó la ONU en 1945, dentro de los artículos 42, 43 y 44, 45 y 46, el escollo u obstáculo se presenta por la imperfecta composición del Consejo de Seguridad, y los intereses geopolíticos de sus 5 miembros con asiento permanente. A manera de ejemplo, el Artículo 43 numeral 1 de la Constitución de la ONU dice que, “Todos los Miembros de las Naciones Unidas, a fin de contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, se comprometen a poner a disposición del Consejo de Seguridad, previa consulta con el Consejo y de conformidad con uno o más acuerdos especiales, las fuerzas armadas, la asistencia y las facilidades, incluso el derecho de paso, que sean necesarias para mantener la paz y la seguridad internacionales”. Y los otros articulo citados, también le dan esa dirección al Consejo de Seguridad, que actúa de veto en veto, con uno de los miembros puede bloquear a toda la inclinación favorable que tengan los 193 miembros de la Asamblea General, alteran el multilateralismo, es decir, las decisiones múltiples o de todos los miembros que hacen parte de la ONU y ha venido sucediendo por décadas: alteran además, el efectivo funcionamiento de la ONU que, pasó a ser un organismo multinacional sin resultados para resolver los grandes conflictos mundiales.

Por ahora, la única salida a este inmenso escollo se encuentra en los artículos 1 numerales 1, 2 y 3, dentro del artículo 14 y en el artículo 18 numeral 2 de la tan citada e incumplida Carta de San francisco, o Constitución fundacional de la ONU. La Asamblea General, no tiene tanto poder decisorio en materia de seguridad, pero los poderes y facultades que tiene le permiten intervenir, recomendar y en un momento especial, hasta decidir. El artículo 11 de ese tratado fundacional con la Carta de San Francisco (California), expresa artículo1: “La Asamblea General podrá considerar los principios generales de cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, incluso los principios que rigen el desarme y la regulación de los armamentos, y podrá hacer recomendaciones respecto de dichos principios a los Miembros, al Consejo de Seguridad o a ambos. Numeral 2. La Asamblea General podrá debatir cualquier cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales… numeral 3. La Asamblea General podrá llamar la atención del Consejo de Seguridad sobre situaciones que puedan poner en peligro la paz y la seguridad internacionales”. El artículo 18 tiene la clave para debatir, aprobar y votar con dos tercios de los asistentes. “1) Cada miembro de la Asamblea General tendrá un voto.2). Las decisiones de la Asamblea General sobre cuestiones importantes se adoptarán por mayoría de dos tercios de los miembros presentes y votantes. Estas cuestiones incluirán: recomendaciones relativas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales…”

Citas:

Diaz Yolanda y Santos Maraver Agustín. “Contra el genocidio defender un futuro mejor para la humanidad”. Columna de opinión publicada en la revista digital Sin Permiso (SP),  www.sinpermiso.info Barcelona-España, septiembre 27 del año 2025.

Sourani Raji. “El consenso es claro: se trata de un genocidio. ¿Va a fenecer ahora también el Derecho internacional en Gaza?”. Columna de opinión publicada en la revista digital Sin Permiso (SP),  www.sinpermiso.info Barcelona-España, septiembre 28 del año 2025.

Alberto Ramos Garbiras, Magíster en Ciencia Política de la Universidad Javeriana; PhD en Política Latinoamericana, Universidad Nacional de Madrid (UNED- España); estudios de actualización política en la Universidad Complutense de Madrid (2013, 2017, 2019 y 2025). Ha sido profesor de las cátedras: derecho internacional, ciencia política, derecho constitucional, en la Universidad Libre

Foto tomada de: Presidencia de la República de Colombia

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Filed Under: Revista Sur, RS Desde el sur

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