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La visión reducida y errada al discutir el salario mínimo

15 diciembre, 2025 By Jorge Coronel López Leave a Comment

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Históricamente la discusión del salario mínimo ha estado atrapada en un reduccionismo que sólo ha traído menos ingresos para los trabajadores y mayor desigualdad en el país. Esta visión, promovida por gobiernos anteriores y gremios, ha dominado la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales durante décadas. Ante las propuestas de cambio del gobierno sobre las visiones de las políticas, resulta pertinente explicar cuáles son los errores para derrumbar aquellas ideas perpetuadoras de inequidad.

Todo inicia con la forma como se concibe el salario. La ortodoxia económica, que alimentó intelectualmente a los gobiernos pasados y todavía nutre a los gremios empresariales, repite sin cesar que el salario es el precio del trabajo determinado en el mercado laboral por la interacción entre oferta y demanda. Nótese que el salario es considerado simplemente como un precio de mercado y el trabajo es tratado como un factor productivo, equivalente al capital y la tierra.

Desde esta “lógica” se concluye entonces que el salario no puede crecer porque encarece la contratación de personas y reduce la demanda de trabajo, provocando un aumento del desempleo. Para esta visión el salario es un costo de producción, por lo tanto, dicho costo debe ser controlado evitando que haya aumentos “desproporcionados”. Sin duda es una idea muy seductora, pero posee demasiados errores teóricos y prácticos.

Para empezar, hay que señalar que el trabajo es mucho más que un factor productivo, pues nadie serio podría negar que configura la vida humana y es la base de la estructura de la sociedad, tal como reza el primer artículo de la Constitución Política de Colombia:

Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

La Corte Constitucional ha interpretado que el trabajo es una de las bases del Estado colombiano y pilar de la vida familiar y personal de un ser humano, es decir, el trabajo es un hecho social producto de las relaciones sociales intrínseca a él, dado que existen interdependencias, relaciones de poder, relaciones laborales, estatus, posiciones y espacio que permiten interacciones con otras personas o grupos. En medio de todo ello hay leyes, normas, contratos, tipos de trabajo, distintos salarios, culturas, identidades y un sinnúmero de situaciones que revelan que el trabajo es una relación social y no simplemente un factor productivo intercambiable en un mercado. Esta idea desconoce todo lo anterior.

Además, cuando se considera al trabajo exclusivamente como un factor productivo se comenten dos errores: el primero es que se le considera en términos abstractos y resulta que este tratamiento lo despoja de su contenido social e histórico que es propio e inherente a él. El segundo, es que se asume como un factor inerte como los demás factores –tierra y capital– y resulta que es una deshumanización del trabajo, dado que él es inseparable a la persona, la cual posee conocimientos, experiencias, emociones, etc.

Nadie puede negar que el trabajo incorpora relaciones de poder, lo cual hace que las relaciones laborales sean desiguales, por ello hay conflictos, tensiones y disputas que son llevadas al campo judicial. Para enfrentar esta realidad se ha tenido que reglar dichas relaciones mediante leyes, contratos y normas. Tampoco se puede negar que el trabajo produce identidad –social– y define la vida de las personas. De aquí que el tipo de trabajo, el nivel salarial y la posición ocupacional determine el estatus y la pertenencia de las personas. Innegable también las interacciones que se producen en los espacios de trabajo, donde se genera cultura.

Todas estas realidades se quedan por fuera cuando la ortodoxia considera al trabajo exclusivamente como un factor productivo y al salario como su precio de mercado. Pretender discutir un aumento del salario mínimo desde esta perspectiva reduccionista sería desconocer la realidad social del trabajo e impide cuestionar los asuntos inherentes como las relaciones de poder, las desigualdades, entre otros. Además, implica reconocer que el trabajo es una mercancía y que el salario es un precio que pone en “equilibrio” un mercado, pero deja por fuera discusiones más importantes y contempladas en los marcos constitucionales y normativos como el reconocimiento del salario como mecanismo que debe garantizar subsistencia, vida digna y decente. Estos atributos están lejos de la idea de mercancía y muy cerca de la concepción del trabajo como derecho.

En síntesis, la discusión del salario mínimo ha estado guiada por una visión reducida y errada, pues el trabajo al ser reconocido como relación social, la remuneración por las actividades que se desarrollen tiene que proteger el poder compra, la dignidad, el disfrute de los demás derechos, el bienestar y debe garantizar una efectiva y justa distribución de la renta. En este sentido, el aumento del salario mínimo no es un simple aumento porcentual, sino que exige un cambio de paradigma, ya que el salario no es un residuo del mercado, sino un instrumento de política social.

Jorge Coronel, Economista

Foto tomada de: Radio Nacional de Colombia

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Filed Under: Revista Sur, RS Desde el sur

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