Legitimación de facto de la conquista territorial por la fuerza
El plan de Trump exige que Crimea, Lugansk y Donetsk sean reconocidas como rusas de facto, y congela el frente en Jersón y Zaporiyia a lo largo de la línea de contacto. Esta disposición constituye una violación directa y flagrante de la piedra angular del Derecho Internacional moderno: el principio de la prohibición de la adquisición de territorio por la fuerza. Aceptar la consolidación territorial obtenida mediante la invasión militar (el plan “premia la invasión”) sienta un precedente peligroso que debilita el sistema multilateral, particularmente la Carta de la ONU.
La contrapropuesta europea eliminó explícitamente las referencias a concesiones territoriales y al reconocimiento de Crimea, Donetsk y Luhansk como territorio ruso de facto. Esta postura, si bien adopta formalmente el principio de la integridad territorial, debe ser analizada desde el prisma de la defensa de los propios intereses de la UE. Para Bruselas, la integridad territorial no es solo un valor abstracto; es el principio fundacional de su propio orden de seguridad post-1945 y la garantía de que sus fronteras no pueden ser redefinidas por la fuerza. Rechazar la legitimación de la conquista militar es, por lo tanto, una defensa estratégica de la hegemonía legal europea y de los vastos intereses económicos y de inversión que la UE tiene proyectados en el futuro de Ucrania como miembro candidato y socio energético. La UE se opone a la “paz a cualquier precio” de Trump porque esta compromete el Derecho Internacional que le es funcional a su propia estabilidad y expansión.
Violación de la soberanía mediante restricciones constitucionales y militares
El plan Trump impone límites severos a la soberanía de Ucrania. Exige que Ucrania consagre en su constitución que no se unirá a la OTAN, que la Alianza incluya esta exclusión en sus estatutos, y que se limite el tamaño de las Fuerzas Armadas de Ucrania a 600.000 efectivos.
Si bien el plan de Trump se erige como una imposición a la soberanía ucraniana, la propuesta europea introduce matices importantes, buscando mayor agencia:
- OTAN y el consenso: El texto europeo elimina la restricción de la expansión de la OTAN, reemplazándola con la declaración de que “La adhesión de Ucrania a la OTAN depende del consenso de sus miembros, que no existe”. Esta posición no es un apoyo a la autodeterminación, sino un mecanismo para mantener la posibilidad de integración de Ucrania en la esfera de seguridad occidental. Esto asegura que los intereses geopolíticos de la UE prevalezcan sobre la demanda rusa de neutralización constitucional, preservando la influencia estratégica de Bruselas.
- Límites militares: La propuesta europea establece un límite más alto para el ejército ucraniano en tiempos de paz, limitándolo a 800.000 efectivos (frente a los 600.000 del plan estadounidense). Este aumento en la capacidad militar permitida es fundamental para garantizar futuros contratos millonarios para la industria de armamento europea en la reconstrucción y reequipamiento de las fuerzas armadas ucranianas, además de asegurar una mayor capacidad de contención frente a Rusia en defensa de la periferia europea.
Así pues, el acuerdo de Trump reduce a Ucrania a un Estado semi-soberano o un Estado vasallo, cuya autonomía es dictada por los intereses de las grandes potencias. La propuesta europea no se interpreta como un acto de mera defensa de la democracia, sino como un movimiento estratégico para evitar una subordinación total de Ucrania a la órbita de seguridad rusa, lo cual socavaría la propia esfera de influencia geopolítica de la UE en Europa Oriental y pondría en riesgo sus intereses a largo plazo en la región.
Estructura de dependencia económica y extracción de beneficios por parte de EE. UU.
El plan de reconstrucción, aunque necesario, establece una arquitectura financiera que se asemeja a la colonialidad económica. Se destinarán $100.000 millones en activos rusos congelados a iniciativas lideradas por Estados Unidos, pero EE. UU. recibirá el 50% de las ganancias de esta iniciativa. Este esquema de capitalización de la crisis donde la potencia hegemónica recibe una parte sustancial de los beneficios de los activos de un tercero y de la necesidad de reconstrucción de Ucrania, fomenta la extracción de minerales y recursos naturales, ligando la recuperación de Ucrania a intereses extractivos externos. El plan establece un mecanismo de dependencia financiera y estratégica, convirtiendo la reconstrucción en un “Plan Marshall” de la Cuarta Revolución Industrial.
Subordinación de la paz a la rivalidad Sino-Estadounidense y la agencia europea
La lógica motriz subyacente al plan Trump es el imperativo de Estados Unidos de resolver la dimensión Washington-Moscú de la Nueva Guerra Fría para priorizar su competencia sistémica con China. Este enfoque instrumentaliza el conflicto europeo. El control del proceso por un Consejo de Paz presidido por Donald Trump y la marginación inicial de los socios europeos refuerzan esta narrativa de gestión imperial.
La contrapropuesta europea es un intento estratégico de recuperar la voz en un proceso que afecta directamente a su seguridad continental, a pesar de la debilidad estructural histórica de la UE. El plan europeo promueve que se convoque un diálogo entre Rusia y la OTAN para abordar todas las preocupaciones de seguridad en un marco institucional multilateral (OTAN), y no bajo el control exclusivo del Consejo de Paz liderado por una figura política externa. Además, el posicionamiento de aviones de combate de la alianza en la vecina Polonia, refleja una postura de disuasión más cercana y gestionada por los propios socios europeos y de la OTAN.
La UE, Minsk y la marginación estratégica
La actual posición de debilidad estructural y marginación de la Unión Europea en la negociación del plan de paz propuesto por Estados Unidos no es un fenómeno coyuntural, sino que está profundamente ligada a su papel ambiguo y su percibida ineficacia en la gestión del conflicto anterior a la invasión de 2022. La principal crítica se centra en el incumplimiento de los Acuerdos de Minsk I y Minsk II (2014-2015)[3].
La responsabilidad europea en el fracaso de Minsk radica en la percepción —reforzada por declaraciones posteriores como la de Angela Merkel— de que los acuerdos no fueron concebidos como una solución política, sino como una táctica para “ganar tiempo” para Ucrania[4]. Esta percepción de “traición occidental” ha tenido dos consecuencias directas: el refuerzo de la desconfianza rusa y la debilidad estructural de la UE. Esta última es el principal financiador de Ucrania, pero carece de voz directiva en la geopolítica de alto nivel, quedando estratégicamente “a la cola de EE. UU.” y marginada del proceso de negociación del plan Trump.
El problema global de la impunidad: el paralelismo Ucrania-Gaza
La propuesta de amnistía total para todas las partes involucradas en el conflicto por sus acciones durante la guerra, es el punto más grave del plan en lo que respecta a los Derechos Humanos y el Derecho Penal Internacional.
La amnistía es un requisito político clave, ya que implica la revocación de la orden de la Corte Penal Internacional (CPI) contra Vladimir Putin. Esto es incompatible con el jus cogens, que establece la obligación internacional de investigar y enjuiciar crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. Permitir que la orden de arresto sea revocada como una ficha de negociación política menoscaba la independencia judicial de la Corte y sienta un precedente catastrófico para la justicia global, al tiempo que niega el derecho de las víctimas a la verdad y la reparación.
La amnistía total propuesta para el conflicto en Ucrania, al subordinar la justicia a la estabilidad geopolítica, guarda una resonancia con la situación de impunidad que rodea el genocidio en Gaza por parte del Estado ocupante, Israel, y su principal aliado, Estados Unidos. El problema central en ambos escenarios es la subordinación del Derecho Internacional a la lógica geopolítica de la potencia colonial.
En el caso de Ucrania, se exige la revocación de una orden de arresto activa de la CPI contra un jefe de Estado como requisito para el acuerdo político (garantizando la impunidad a cambio de paz geoestratégica). En el conflicto Israel-Palestina, el objetivo es garantizar la impunidad sistémica del Estado ocupante mediante la presión geopolítica para evitar órdenes de arresto de la CPI y el sistemático uso del veto en el Consejo de Seguridad de la ONU.
En ambos casos, se demuestra la fragilidad del Derecho Internacional. La paz no debe construirse sobre la impunidad de los agresores. La justicia es un derecho inalienable, no una herramienta política a descartar cuando el interés de las grandes potencias lo exige.
La paz y el futuro del Derecho Internacional
El plan de paz de 28 puntos estadounidense subvirtió los valores democráticos del derecho internacional, y la contrapropuesta europea es un intento de defender el orden de seguridad e intereses geopolíticos regionales de la UE frente al diseño estratégico estadounidense. Es una negociación atrapada en la lógica de conferencia entre imperios, donde la vida civil es una variable secundaria y la justicia un bien sujeto a las leyes de la oferta y la demanda.
La aceptación de estas condiciones, tanto en Ucrania como en la prolongada ocupación militar israelí del territorio palestino, a pesar de las repetidas resoluciones de la ONU que la condenan y de las denuncias de genocidio, expone una dolorosa verdad: el Derecho Internacional sigue siendo un instrumento negociable, y la impunidad es el mecanismo de gestión favorito de las potencias hegemónicas para preservar sus intereses geopolíticos y su control sobre el orden mundial. El plan Trump, parece ser un borrador para la paz a cualquier precio, donde el precio lo paga la soberanía ucraniana y el sistema legal internacional.
Aceptar el plan Trump tal como está, significaría legitimar la conquista por la fuerza, institucionalizar una soberanía tutelada, normalizar la impunidad internacional y transformar la reconstrucción en negocio financiero. Es la paz imperial, la misma que se aplica en Gaza: estabilidad para los mercados, silencio para los pueblos y beneficio para los vencedores estratégicos. La tarea histórica sigue siendo otra: una paz justa, no una paz útil. Una paz con derechos, no una paz con accionistas. Una paz con justicia, no una paz con amnesia. Una paz para la humanidad, no para los imperios.
Nota: ante los rápidos cambios de los acontecimientos en el escenario de las negociaciones entre Rusia-Ucrania y Estados Unidos + UE, es necesario aclarar que este artículo se terminó de escribir el 25 de noviembre en la mañana.
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[1] https://elpais.com/internacional/2025-11-21/los-28-puntos-del-plan-de-paz-que-ee-uu-y-rusia-han-presentado-a-ucrania-segun-medios-internacionales.html
[2] El término geopolítico sino-estadounidense hace referencia a la dimensión estratégica de la rivalidad entre la República Popular China y los Estados Unidos de América por la hegemonía y la dirección del orden mundial en el siglo XXI.
[3] Los acuerdos de Minsk I (2014) y Minsk II (2015) fueron protocolos para establecer un alto el fuego y una solución política al conflicto en el Donbás, mediado por Francia y Alemania. Buscaban otorgar una autonomía especial a las regiones separatistas dentro de Ucrania, pero fracasaron debido a la falta de voluntad política y al uso de la tregua para ganar tiempo.
[4] https://www.wsws.org/es/articles/2022/12/23/ucra-d23.html
Jaime Gómez Alcaraz, Analista Internacional
Foto tomada de: France 24

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