El informe que hace la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, luego de su visita para observar la situación humanitaria tras el paro que se inició el 28 de abril de 2021, empieza con la invocación al Estado Social de Derecho, y al sistema de pesos y contrapesos entre poderes. Tal el llamado de un médium a ultratumba, lo invocan porque ha desaparecido de la arquitectura estatal colombiana.
Antes de presentar las observaciones que hicieron en terreno consideran los antecedentes del movimiento, que tiene las mismas demandas de 2019 y de 2020, cuando inicia el auge de la movilización popular. Parte de reconocer los indicadores de desigualdad, de pobreza de desempleo, y demás, que son lo más dramáticos de América Latina. Y como si fuera poco “aunado al creciente número de asesinatos de personas defensoras, líderes y lideresas sociales, representantes de los pueblos indígenas y afrodescendientes, así como firmantes del Acuerdo de Paz”, reza el informe. Además, reconoce la presencia de actores armados en ciertas partes del territorio, pero eso no puede ser, como lo usa el gobierno, coartada para violar derechos fundamentales, sino que termina “acentuando el deber del Estado de actuar con apego a estándares interamericanos”.
Igual, confronta la estrategia de falsear datos del gobierno, y contrasta sus cifras mentirosas con las de la Oficina de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y con las de organizaciones colombianas, dejando en evidencia el embuste. Renglón seguido, resalta la falta de confianza de los colombianos en las instituciones gubernamentales, así como la preocupante concentración de poder en el ejecutivo. ¿Existe la noción de vergüenza para los gobiernos?
Termina la exposición de antecedentes con la sentencia STC 7641-2020 de la Corte Suprema de Justicia, del 22 de septiembre de 2020, en la cual, cita la Comisión, “se evidencio una problemática nacional de intervención violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en varias de las manifestaciones ciudadanas”. Citando la misma sentencia, encuentra que en ella se dice que el ESMAD es “una amenaza seria y actual para quien pretenda salir a movilizarse para expresar pacíficamente sus opiniones, porque su actuar lejos de ser aislado, es constante y refleja una permanente agresión individualizable en el marco de las protestas”. Quiere decir que ya la Corte Suprema había desbaratado otra coartada gubernamental: La de los casos aislados de brutalidad policial. Termina el acápite de antecedentes con la siguiente aseveración: “La CIDH destaca la importancia de que las autoridades concernidas cumplan de manera integral la decisión STC 7641-2020, de forma que se brinden garantías efectivas para el ejercicio del derecho a la protesta en Colombia”. Llama al gobierno que se dice de la legalidad, que actúe con apego a la legalidad, por eso se enojaron Duque y los corifeos del partido de gobierno.
También considera la Comisión no sólo la legitimidad del paro por sus causas, sino que el grueso de las reivindicaciones populares está contenido en la constitución política de 1991, es decir, es el gobierno colombiano el que está fuera la Constitución, no el pueblo.
También le recuerda al gobierno que frente a la movilización ciudadana no está en una guerra contra combatientes, sino que “los desacuerdos se dan entre personas que hay que proteger y no frente a los enemigos que hay que combatir”, como diciéndole deje de ser criminal.
Narra la Comisión que “El Estado colombiano reportó a la CIDH que, entre el 28 de abril y el 4 de junio, en el marco del paro nacional, se realizaron 12.478 protestas en 862 municipios de los 32 departamentos, que incluyen: 6.328 concentraciones, 2.300 marchas, 3.190 bloqueos, 632 movilizaciones y 28 asambleas. El 89% de las protestas, esto es 11.060, se desarrollaron sin registrar hechos de violencia”. No reporta el gobierno su estrategia de tornar la movilización pacífica en violenta, mediante la agresión policial, como en las 1418 protestas restantes, en ese intervalo.
Fiel a su estilo, el gobierno Duque Uribe presentó un galimatías de cifras para desfigurar la realidad, hasta el extremo de aseverar que fueron más los policías lesionados que los civiles, la Comisión le cierra el paso señalando la inconsistencia en las cifras, y el daño a la confianza. Le insta a construir un sistema de información confiable. En otras palabras, le dice que deje de ser mentiroso.
Reporta en su lenguaje: “resulta extremadamente preocupante el alto número de muertes y personas lesionadas, así como las graves denuncias de personas desaparecidas, violencia sexual y la utilización de perfilamiento étnico-racial. Igualmente, las agresiones a periodistas y a misiones médicas, el uso de la figura del traslado por protección y denuncias por detenciones arbitrarias”. También registra en detalle todo el repertorio del terror estatal, incluida la desaparición forzada; asistencia militar, o tratamiento de guerra a la protesta; uso de facultades disciplinarias para intimidar gobernantes locales; uso de la jurisdicción penal militar, como mecanismo de impunidad. Hasta el único derecho que reconoce el gobierno lo registra: Afectaciones a derechos fundamentales de terceros y bienes públicos en el marco de protestas.
Los colombianos sometidos al terror oficial terminamos habituados a que una detención arbitraria se edulcore con el eufemismo de “traslado por protección”, que puede ser la cuota inicial de una tortura, o una desaparición forzada.
También le recuerda al gobierno que la protesta no sólo es un derecho constitucional, artículo 37 CPC, sino que es “protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos”. Que es un mecanismo de participación, una herramienta de la democracia, y “No corresponde al Poder Ejecutivo definir los límites al derecho de la protesta, máxime cuando este es el destinatario de las reivindicaciones sociales”. Afirma que “las autoridades deben distinguir entre las personas que actúan con violencia y quienes participan de la protesta por vías pacíficas”, frente a lo cual se debe reconocer que el gobierno Duque sí hace tal distinción, aunque sea para perseguir a los que participan pacíficamente, dejando impunes a los otros.
Tercia en el debate sobre los llamados bloqueos, que llama corte de vías, arguyendo que una protesta implica “cierto nivel de perturbación de la vida cotidiana”, y no por ello coartar el derecho a la protesta.
Evidencia el llamado “ciberpatrullaje”, que es chequeo de información en internet, particularmente la que se refiere a la actuación de la fuerza pública, y llama a permitir internet como espacio de protesta, de conversación y de denuncia. Causa asombro que un gobierno que le niega a la población la protesta física, porque según el ministerio del interior no puede ocupar espacio, también persiga la protesta cibernética, que es virtual.
Hace 41 recomendaciones al gobierno, una a una de importancia capital para recomponer la institucionalidad democrática, que merecen divulgarse ampliamente, incorporarlas al ideario político de los partidos, y reclamarlas mediante acciones de cumplimiento ante los jueces de la república.
Finaliza con un enunciado esperanzador: La instalación de un Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia que contribuya a la consolidación de la paz en los diversos sectores de la sociedad.
La CIDH, que no es una ONG sino un organismo intergubernamental del cual hace parte el Estado colombiano, llama a retomar el Estado Social de Derecho del que, tras veinte años de uribismo, no queda sino el gancho donde se colgaba.
José Darío Castrillón Orozco
Hernan Pizarro says
Muy buena nota. Hay que estar al día. Muy buena referencia a la constitución del 91, vuelta hoy, colcha de retazos.
Blanca Echeverri says
Muy buen articulo., claro y contundente.