1. La militarización y el peligro a la vida: decreto 1368 de 2026
El decreto 1368 (8 de septiembre de 2026), firmado por el presidente Abelardo De La Espriella y el Ministerio de Defensa Nacional, levantó la histórica suspensión general que impedía a los ciudadanos con salvoconducto vigente portar armas de fuego sin un permiso especial adicional. Al derogar las restricciones sostenidas desde 2018 y prorrogadas por el Decreto 1482 de 2025, esta medida pone en grave riesgo el derecho a la vida y a la integridad personal.
La proliferación de armas en espacios públicos incrementa exponencialmente los riesgos de violencia armada cotidiana y conflictos interpersonales fatales, con especial énfasis en violencia intrafamiliar y feminicidio[1]. Aunque formalmente se mantiene el monopolio estatal y las funciones del Departamento Control Comercio de Armas, el decreto suprime el trámite de evaluación previa e individualizada que realizaban las autoridades militares para verificar argumentos de seguridad pública antes de autorizar el porte. Al eliminar este filtro, caso por caso, se desmantela el control preventivo y se pierde la visibilidad institucional sobre quiénes circulan armados en las calles.
2. El asalto a la democracia y el cheque en blanco financiero: decreto 1261 de 2026
Mediante el decreto 1261, el Ejecutivo declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica en 15 departamentos por 30 días. Esta declaratoria otorgó facultades extraordinarias al Presidente para legislar sin el Congreso, argumentando pérdidas superiores a los 30 billones de pesos.
El decreto habilita atajos a las leyes de crédito público (leyes 80 de 1993 y 185 de 1995), agilizando empréstitos sin los conceptos previos requeridos del Departamento Nacional de Planeación (DNP) y del Ministerio de Hacienda. Así mismo, permite usar recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE) y de Fondos Especiales, creando un escenario de alta discrecionalidad financiera al margen del debate parlamentario. No se presenta cuenta alguna sobre el destino de las donaciones internacionales que ingresaron para la atención del siniestro a la Fundación de la “primera dama”, creada, hábilmente, unos días antes de la posesión presidencial. A un mes del sismo, el diario francés Le Monde Diplomatique[2] revela la ausencia de ayuda a los habitantes del Chocó que vuelven a la situación de abandono a la que han sido sometidos por décadas, excepto en el gobierno anterior.
- Opacidad fiduciaria y privatización de la reconstrucción: decretos 1379 y 1389 de 2026
La creación del ‘Fondo Milagro’ (decreto 1379) como patrimonio autónomo administrado por fiduciarias privadas, sumada a la extensión de las ‘Obras por Impuestos’ (decreto 1389) con plazos exprés de apenas 15 días hábiles para aprobar viabilidades, configura un modelo de privatización del desarrollo territorial, lo que condiciona la garantía efectiva de los derechos sociales de los damnificados a los intereses particulares de corporaciones privadas y fiduciarias.
Al canalizar los recursos por fuera del presupuesto nacional ordinario, la contratación pública abandona los rigores estatales y se rige por derecho privado. Esto desdibuja el acceso a la información pública, impide la fiscalización ciudadana en tiempo real y anula la evaluación técnica profunda de las obras.
- Desfinanciamiento territorial y desvío de rentas: decretos 1381, 1382 y 1383 de 2026
Este bloque normativo permite a los gobiernos territoriales transferir presupuestos de zonas no afectadas a las áreas de crisis (decreto 1381), desviar rentas de destinación específica como salud y educación (decreto 1382), y acceder a excedentes del Fonpet y de los recursos de salud (decreto 1383).
El impacto crítico en materia de DESC es evidente porque se debilita la financiación regular de los derechos económicos y sociales de los habitantes de los municipios aportantes y se compromete el flujo de recursos para la atención cotidiana de la salud pública, así como los ahorros de las pensiones territoriales que pueden ser gastadas de manera incontrolada afectando gravemente la seguridad social de los habitantes de la región.
Romper los principios de asignación presupuestal y relajar los controles fiscales favorece la opacidad en las cuentas públicas, la discrecionalidad política en la selección de beneficiarios y el endeudamiento sin veeduría clara.
- Apoyos energéticos y empresariales sin escrutinio: decreto 1380 de 2026
El decreto 1380 autoriza al Fondes a realizar aportes no reembolsables a empresas mixtas de energía eléctrica para cubrir pérdidas y capital de trabajo. Aunque aparentemente busca garantizar el servicio eléctrico, la entrega de capital público bajo esta figura carece de mecanismos transparentes de escrutinio. No existen auditorías públicas claras para verificar cómo se calculan las pérdidas de dichas empresas, abriendo la puerta al favoritismo corporativo y al manejo opaco de los recursos estatales.
- Relajación de filtros institucionales: decretos 1384, 1386, 1387 y 1388 de 2026
La simplificación de trámites (decreto 1384) que elimina autenticaciones y presentaciones personales, junto con las medidas educativas de flexibilidad en calendarios y recintos (decretos 1386-1388) y la congelación de sanciones del SIMAT[3], alteran los controles de legalidad básica.
Aunque aparentemente buscan agilizar la ayuda y la continuidad escolar precaria, la supresión de validaciones de identidad incrementa el riesgo de fraude y la suplantación en subsidios. La suspensión de fiscalizaciones y sanciones derivadas de las auditorías de matrícula del SIMAT flexibiliza y oculta la correspondencia real entre los estudiantes atendidos y las transferencias de fondos estatales. Más opacidad.
- El asalto a la intimidad y el límite al derecho a la información: Decreto 1385 de 2026
El Decreto 1385 habilita al DANE a compartir datos protegidos por la reserva estadística con las entidades públicas de reconstrucción, restringiendo de manera directa el derecho fundamental a la intimidad y al Habeas Data de la ciudadanía.
La libre circulación de información reservada entre múltiples dependencias sin consentimiento ni auditorías públicas transparentes genera riesgos graves de filtraciones, uso político no autorizado o perfilamiento arbitrario de la población afectada y no es necesaria para la reconstrucción.
Mientras libera información reservada, de la Espriella despide al director del DANE por haber afirmado que no había encontrado irregularidades en los datos del mes de julio que correspondían al gobierno Petro. Con de la Espriella, decir la verdad tiene un alto costo.
El director saliente fue reemplazado por un exfuncionario de la alcaldía de Barraquilla, cercano al clan Char, un cuestionado grupo empresarial al que el actual presidente de la República ha mostrado enorme devoción. Adicionalmente el mandatario ordenó que las entidades públicas incluido el DANE no se pronunciarán en medios de comunicación sino con autorización de la Presidencia, al mejor estilo dictatorial.
- Autonomía universitaria y mordaza a la prensa: Las Directivas Ejecutivas
El paquete autoritario se complementa con dos directivas de profundo corte antidemocrático:
a) El anuncio del ingreso de la Policía a los campus universitarios que vulnera flagrantemente la autonomía universitaria (artículo 69 de la Constitución) y reprime la libertad de expresión y la protesta pacífica y que en el pasado dejó muertos, desaparecidos y torturados. Esta medida ha generado enorme rechazo en la comunidad educativa. Una usuaria de redes sociales señala: “Un Presidente diciéndole “voy por ustedes” a quienes se encuentran dentro de las universidades públicas debería encender todas las alarmas democráticas. No se puede utilizar la lucha contra el vandalismo como excusa para estigmatizar a los estudiantes, intimidar a los jóvenes o convertir las universidades públicas en escenarios de intervención policial”.[4]
b) La prohibición a los ministerios de emitir declaraciones sin autorización de la Presidencia y los filtros para excluir a medios no afines al gobierno violan el derecho de acceso a la información pública (consagrado en la jurisprudencia constitucional, como la sentencia SU-018 de 2026). Al imponer una narrativa única (“La Patria Milagro”), el Ejecutivo promueve la censura y oculta las fallas de su gestión y priva a toda la ciudadanía, del ejercicio del derecho a la información transparente y veraz. A de la Espriella lo tiene sin cuidado atropellar las normas constitucionales y legales.
Por la vía de los estados de excepción y el desprecio por los contrapesos institucionales, de la Espriella ha optado por gobernar a espaldas de la Constitución y de los ciudadanos. Y como se dice ahora repetidamente en el país, el único “milagro” que podemos esperar es sobrevivir a este gobierno.
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[1] https://www.amnesty.org/es/what-we-do/arms-control/gun-violence/
[2] https://www.tiktok.com/@fernanmedrano_/photo/7685464502577450247
[3] Plataforma oficial del Ministerio de Educación, diseñada para organizar, gestionar y controlar el proceso de matrícula de los estudiantes en todas sus etapas.
[4] https://www.elespectador.com/educacion/las-reacciones-al-anuncio-de-de-la-espriella-sobre-ingreso-de-fuerza-publica-a-universidades/
María Consuelo del Río Mantilla, Vicepresidenta Corporación Sur
Foto tomada de: La Patria

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