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Colombia: el viejo régimen contra la justicia transicional

29 octubre, 2018 By Pedro Santana Rodríguez Leave a Comment

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Para salir por la vía negociada del largo conflicto armado colombiano que tuvo una duración de 54 años, uno de los puntos fundamentales fue el acordar un sistema integral de Justicia para la Paz que contemplo tres instrumentos que apenas se están poniendo en marcha, en medio de muchas dificultades y de la oposición activa  de sectores políticos que no solo se opusieron a la vía negociada para salir del conflicto sino que han ejercido una férrea oposición a los instrumentos y políticas pactadas para salir del mismo. Y parte de esa oposición se trasladó obviamente a los tres instrumentos que constituyen el sistema integral de justicia para la paz: una Comisión para el esclarecimiento de la Verdad, una Unidad de Búsqueda de personas desaparecidas y una Jurisdicción Especial para la Paz, JEP.

A la Comisión de la Verdad se ha buscado deslegitimarla no solo cuestionando a sus integrantes a quienes se señala de tener sesgos ideológicos de corte izquierdista sino intentando por todos los medios restringir su acceso a los archivos secretos que reposan en los organismos de seguridad del Estado. El Uribismo incluso presentó un proyecto de ley para restringir el acceso de la Comisión de la Verdad a dichos archivos pretextando razones de Seguridad del Estado para ello. Tal proyecto y la indignación y rechazo que produjo llevo finalmente a su retiro.

A la Unidad de Búsqueda de personas desaparecidas que el Registro Único de Víctimas y el Centro de Memoria histórica han tasado hasta ahora en más de 65 mil personas desaparecidas en relación con el conflicto armado, se le ha obstaculizado su puesta en marcha de diversas formas, una de las principales la aprobación tardía de su planta de personal y de su presupuesto amén de las trabas que trata de ponerle la fiscalía para que entre a operar de forma inmediata.

Y a la Jurisdicción Especial de Paz, JEP, que es el tribunal judicial para abocar las investigaciones y sanciones por los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra cometidos por todos los actores del conflicto armado, se la han puesto muchos obstáculos. Primero se estigmatizó al Comité de Escogencia acordado en la Mesa de La Habana, a sus integrantes se los estigmatizó como izquierdistas al servicio de las FARC.[i] También se ha señalado que los 38 magistrados y magistradas seleccionadas por este Comité de Escogencia son de sesgo izquierdista y supuestamente no brindarían una justicia imparcial. Luego se aprobó en la Ley Estatutaria que reglamentó el funcionamiento de la JEP, la prohibición para que abogados que hubieran litigado con el Estado por temas de derechos humanos, lo cual afectaba a unos seis de los magistrados elegidos, pudieran ser elegidos a esta magistratura. En el examen de constitucionalidad de la norma la Corte Constitucional tumbó esa absurda medida.

En el Control  Constitucional que hizo la Corte del Acto Legislativo que creó la JEP,  la Corte sustrajo a los llamados terceros responsables que según el acto legislativo deberían concurrir obligatoriamente a la JEP. De acuerdo con la Corte Constitucional los civiles responsables y los agentes del Estado seguirían bajo investigación de la jurisdicción ordinaria que dicho sea de paso mantiene en la impunidad a dichos actores del conflicto. En el fallo los terceros responsables podrán concurrir voluntariamente a la JEP con lo cual la Corte asestó un duro golpe a la JEP y a los acuerdos de Paz que le confirieron a este organismo el carácter de tribunal judicial de cierre del conflicto armado y para ello había determinado que todos los actores del conflicto deberían concurrir obligatoriamente al mismo. Se sustrajeron entonces los terratenientes, empresarios, políticos y autoridades civiles responsables de colaborar u ordenar masacres, desapariciones y en general de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, de esta jurisdicción.

El siguiente paso, busca por todos los medios, restringir la presencia obligatoria de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Policía en esta jurisdicción como lo determinaron tanto los Acuerdos de La Habana, el Acto Legislativo que creó la JEP como también la sentencia de la Corte Constitucional que posibilitó su creación y puesta en marcha. El pasado mes de junio el Congreso de la República aprobó en la Ley de procedimientos de la JEP dos medidas que se encuentran demandadas ante el Tribunal Constitucional. La primera consistió en aprobar unas salas especiales para investigar y juzgar a los militares dentro de esta jurisdicción y la segunda congelar por 18 meses la actuación de la JEP mientras el Congreso aprueba un acto legislativo y una ley que permita la puesta en marcha de esas salas especiales.

Ante la lentitud de la Corte Constitucional para resolver las demandas el Centro Democrático con la activa presencia del Gobierno de Iván Duque presento un proyecto de Acto Legislativo que busca la creación de esas salas especiales y un procedimiento propio para la elección de los magistrados que las conformarían. En su propuesta se establecía que los magistrados serían nombrados directamente por el presidente de la República. El rechazo provino no solo de las fuerzas de la oposición sino de partidos políticos independientes y aún de sectores de los partidos de Gobierno, también mediante declaraciones públicas se manifestaron en contra las Naciones Unidas, la Corte Penal Internacional  y organizaciones académicas y de la sociedad civil.

Ante la posibilidad de su hundimiento el propio expresidente Uribe asumió la negociación con todos los partidos presentes en la Comisión primera del Senado de la República y de ese proceso de negociación salió un acuerdo político que contempla dos medidas. La primera, el nombramiento de 14 nuevos magistrados que se integraran a las salas y secciones que conforman la JEP. La elección de dichos magistrados la haría un Comité de Escogencia conformado por dos delegados del Consejo Superior de la Judicatura, un delegado de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial y un delegado del Procurador General de la Nación. Al mismo tiempo se estableció que “para los procesos ante la sección de no reconocimiento la sola confesión de quienes se sometan o quienes puedan ser llamados a comparecer ante la JEP, no podrá ser prueba suficiente para proferir condena en su contra.

La información respecto de quienes sean mencionados en la confesión, deberá ser contrastada con otras fuentes de información”.

Lo primero que hay que señalar es que no me parece conveniente sin más, como se desprende del acuerdo político, reconocer a las fuerzas del actual gobierno y de la oposición a los acuerdos de Paz, que los magistrados de la JEP actuales, nombrados por el Comité de Escogencia, estén sesgados ideológicamente para brindar plenas garantías a todos los que se sometan a su jurisdicción. Los partidos de oposición han cedido al chantaje y a la desinformación que justamente los partidarios de la guerra han venido a la opinión pública. En segundo lugar incorporar  14 nuevos magistrados seleccionados de otra forma a quienes actualmente conforman la JEP harán más difícil el despegue de esta jurisdicción con los peligros que esto entraña y es que antes que arranque se frenen sus actuaciones. En tercer lugar el Comité de escogencia no es el más conveniente. Allí deberían estar por lo menos un delegado de la Corte Suprema de Justicia y un delegado del Consejo de Estado y quizás también un delegado del Sistema Universitario Estatal. El desprestigiado Consejo Superior de la Judicatura solo debería contar con un delegado.

Pero hay una objeción más de fondo. Hasta ahora esta modificación que es sustantiva de los Acuerdos de La Habana no ha contado con el aval de las FARC y según los acuerdos y la propia jurisprudencia de la Corte Constitucional, han señalado que cambios de fondo al acuerdo tienen que contar con dicho aval como también lo ha señalado un pronunciamiento reciente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que es el organismos garante del Acuerdo. Si no cuenta con ese aval la reforma podría ser declarada inconstitucional.

A favor de la reforma se podría argumentar que si es aceptada por las partes que firmaron el Acuerdo esto le daría mayor legitimidad a las actuaciones de la JEP. Pero hasta ahora las FARC no se han pronunciado.

________________________________________________________________________________

Pedro Santana Rodríguez

Director Revista Sur

Foto obtenida de: twitter.com

[i] Este Comité de Escogencia estuvo conformado por el jurista peruano Diego García Sayán, en representación de Naciones Unidas; el argentino Juan Méndez en representación del Centro Internacional para la Justicia Transicional; Álvaro Gil Robles, jurista español designado por el Comité Europeo de Derechos Humanos; José Francisco Acuña, jurista colombiano de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y la profesora de la Universidad Nacional de Colombia en representación del Sistema Universitario Estatal, Sue, Claudia Vacca González.

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