La Comisión de Seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008, órgano consultor de la Corte Constitucional, ha presentado el Decálogo por una Reforma Estructural para un Nuevo Sistema de Salud, que contiene unas consideraciones importantes para unas garantías laborales justas, dignas y estables en cumplimiento del Articulo18 de la Ley estatutaria de Salud LES. Dicho decálogo es la antesala a una reforma al sistema de salud en Colombia
Las principales características de este régimen laboral especial incluyen:
- La reglamentación del nuevo régimen laboral del sector será negociada por el gobierno nacional, los directivos de las instituciones de salud y en concertación con las organizaciones de trabajadores, teniendo como base fundamental los principios rectores del artículo 53 de la Constitución Política.
- La estructuración del nuevo sistema incluye los siguientes elementos: funciones acordes con las poblaciones a atender, requerimientos reales de plantas de personal, escalafonamiento, incentivos salariales y no salariales incluyendo el criterio de zonas alejadas y dispersas, normas de salud laboral, higiene y medicina del trabajo; adicionalmente que se tengan en cuenta los riesgos propios de cada uno de los cargos.
- Promueve condiciones adecuadas de desempeño, gestión y desarrollo de sus trabajadores; condiciones laborales justas, dignas y estables; y que mantenga el respeto por los derechos adquiridos.
- Implementa políticas institucionales de largo plazo que permitan garantizar la calidad de los servicios de salud y el desarrollo integral de los trabajadores.
- El régimen especial señalado incluirá el sector público, privado y mixto, con el establecimiento y organización de requerimientos de cantidad, perfiles, reconocimiento del recurso humano en salud a través de la determinación de las diferentes disciplinas y áreas del conocimiento en salud, acorde a las características del sistema y a las necesidades de salud de la población en los procesos de promoción de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y paliación de las enfermedades.
- Los trabajadores de las instituciones privadas públicas y mixtas del sector de la salud, estarán regulados por un régimen laboral concertado con vinculación por contrato de trabajo conforme a los preceptos de código sustantivo del trabajo.
- Los empleados de libre nombramiento y remoción deben corresponder únicamente a las funciones o actividades de dirección y se mantiene el respeto por los derechos adquiridos.
- La contratación por prestación de servicios debe constituirse como excepción.
- Para la reorganización del sistema de salud, deberá adelantarse una consulta previa sobre las decisiones que les afectan directamente con las respectivas autoridades de los pueblos y comunidades indígenas, ROM y negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
- Garantía de la educación contínua y de actualización para el personal de salud en todo el territorio nacional.
- Incluye una política de formación y educación superior según las necesidades de calidad de vida y salud de la población, las especificidades territoriales y las competencias demandadas por la Atención Primaria Integral en Salud.
- Establece cada año una evaluación de la percepción de los profesionales de la salud sobre los resultados del sistema, sus condiciones laborales, para realizar ajustes en los aspectos que sean necesarios para garantizar un trabajo digno y la garantía del goce efectivo del derecho a la salud.
En conclusión, un política laboral que garantiza un régimen especial con condiciones laborales justas, dignas y estables, que mantiene el respeto por los derechos adquiridos, con sus respectivos mecanismos de control, todo ello en pos del acceso efectivo a la atención en salud para todos los colombianos.
Luz Marina Umbasia, Integrante de la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T760/2008 y por una reforma estructural al sistema de salud.
Foto tomada de: rcnradio.com
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