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Ponencia del magistrado Ibáñez: maniobra formalista contra la reforma pensional

27 octubre, 2025 By Carlos Julio Díaz Lotero Leave a Comment

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La reciente ponencia del presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, que propone declarar inexequible la Ley 2381 de 2024[i], que introduce reformas sociales profundas en el sistema de protección social a la vejez de nuestro país, ha despertado una profunda preocupación social. La propuesta de Ibáñez, que se debatirá en la sala plena de la Corte, se apoya en una serie de supuestos vicios de trámite legislativo —plazos, quórums y sesiones extraordinarias— para intentar anular una ley de enorme trascendencia social.

Sin embargo, más allá del debate procedimental, lo que está en juego es mucho mayor: se trata del derecho de millones de colombianos a una vejez digna, y del esfuerzo más grande en décadas por construir un sistema de protección social integral que se ajuste a los estándares internacionales que se vienen aplicando en la mayoría de los países del mundo.

La pequeñez de los argumentos del magistrado Ibáñez, funcionales a la oposición política del gobierno del presidente Petro, busca golpear al Ejecutivo y favorecer intereses financieros evidentes, sin importar las necesidades básicas de millones de adultos mayores en el país.

Esta ley, que reforma al sistema de protección a la vejez, no es solo un cambio en el régimen de pensiones: es una reforma de protección social con un profundo sentido de justicia. En su componente solidario, triplica la cobertura y aumenta los subsidios para adultos mayores que hoy reciben apenas $80.000 mensuales, llevándolos a $240.000, una cifra que, aunque modesta, representa un alivio real y sostenido frente a la miseria que padecen miles de ancianos sin pensión.

En su componente contributivo, la reforma adopta el sistema de pilares, modelo predominante en el mundo, donde los regímenes público y privado no compiten, sino que se complementan. Bajo este esquema, todos los ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos legales cotizan en el pilar público administrado por Colpensiones, mientras que los ingresos que excedan ese límite aportan a los fondos privados, dentro de un marco coordinado que busca garantizar sostenibilidad, equidad y cobertura.

El fondo político del debate

La ponencia del magistrado Ibáñez se enfoca en señalar supuestos errores de procedimiento: convocatorias con pocas horas de anticipación, votaciones del articulado, aprobación en sesiones extraordinarias, y otros aspectos formales. Son reparos que, aun si fueran ciertos, no afectan el espíritu ni la legitimidad democrática de la ley, aprobada tras un amplio debate en el Congreso, con la participación de la mayoría de bancadas y el respaldo de múltiples organizaciones sociales.

Resulta preocupante que una norma con tal alcance redistributivo sea amenazada por un ejercicio de formalismo extremo, porque los problemas estructurales del país —la desigualdad, la pobreza, la exclusión social— exigen decisiones profundas y no tecnicismos dilatorios.

La Corte Constitucional no puede convertirse en un obstáculo de la justicia social, ni en un tribunal que confunde los detalles de trámite con los derechos fundamentales. Lo formal no puede estar por encima de lo justo.

El ministro Armando Benedetti expresó que tumbar la reforma sería “un golpe de Estado institucional”, porque anularía una decisión legítima del Congreso, el órgano representativo de la soberanía popular. Aunque el tono de su declaración es fuerte, resume una inquietud real: si el control constitucional se transforma en un filtro político para bloquear las reformas sociales, se debilita la legitimidad del propio sistema democrático.

Lo que realmente está en juego

Es evidente que detrás de la resistencia a la reforma hay intereses económicos poderosos. Los fondos privados de pensiones administran cerca de $500 billones[ii], y cualquier modificación al esquema actual afecta su negocio. No sorprende, por tanto, que los argumentos “técnicos” contra la ley terminen alineados con la defensa de esos intereses, disfrazados de purismo jurídico.

La reforma del sistema de protección social de la vejez, organiza al sistema de pensiones en tres pilares que articulan solidaridad, equidad y sostenibilidad. En el pilar solidario, el Estado asume un papel activo para garantizar un ingreso mínimo a los adultos mayores excluidos del régimen contributivo por la precariedad de las relaciones laborales que existen en nuestro pais. El pilar semicontributivo, reconoce el esfuerzo de quienes cotizaron parcialmente y nunca lograron pensionarse. Por su parte, el pilar contributivo ordena la coexistencia de los fondos privados con el sistema público, evitando la competencia desleal-

Es, en definitiva, una reforma con profundo sentido social, que moderniza el sistema sin abandonar su esencia solidaria. Derribarla no sería un triunfo jurídico, sino un retroceso ético y social.

Un llamado a la Corte y a la sociedad

La Corte Constitucional tiene la responsabilidad histórica de defender los derechos sociales, no de reducirlos a un ejercicio de trámite. Si se encontraran vicios de forma, el camino razonable sería ordenar su corrección, no anular una ley que responde a principios constitucionales superiores: dignidad humana, igualdad material y protección especial a los ancianos.

Colombia necesita instituciones que fortalezcan la justicia social, no que la frenen con tecnicismos. Lo que debe declararse inexequible no es la reforma, sino la indiferencia frente a la pobreza y la exclusión de millones de ciudadanos mayores.

La ponencia del magistrado Ibáñez, más que un análisis jurídico, parece una excusa sofisticada para frenar una ley que redistribuye recursos en favor de los más vulnerables. Tumbar la reforma sería una victoria del formalismo sobre la realidad, del privilegio sobre la equidad, de la letra sobre el espíritu de la Constitución.

La Ley 2381 de 2024 ya había sido devuelta a la Cámara de Representantes para subsanar las supuestas fallas de procedimiento, lo que efectivamente se hizo durante las sesiones extraordinarias convocadas para ese fin. Sin embargo, el magistrado Ibáñez insiste en que dicho trámite no se realizó conforme a su interpretación, reabriendo un debate que tiene más de político que jurídico.

Ahora la Corte Constitucional enfrenta una decisión crucial: avalarla o tumbarla. Si la reforma supera las demandas por vicios de procedimiento, deberá afrontar las demandas de fondo, que cuestionan directamente su contenido redistributivo y su modelo solidario.

El país no puede permitir que los tecnicismos legales se impongan sobre los derechos sociales. Porque la justicia social también significa garantizar que en la vejez nadie quede abandonado por el formalismo ni por la indiferencia institucional.

El futuro de la reforma al sistema de protección de la vejez, la más emblemática del gobierno Petro, estará determinado por el enfrentamiento entre los intereses de los poderes financieros —ocultos tras los vicios de forma procesal— y el imperativo de la justicia social.

__________________

[i] https://www.elespectador.com/judicial/reforma-pensional-nueva-ponencia-de-ibanez-propone-tumbar-la-iniciativa-de-petro/#google_vignette

[ii] https://www.portafolio.co/economia/finanzas/ahorro-pensional-en-los-fondos-privados-llego-a-491-billones-638322

Carlos Julio Diaz Lotero

Foto tomada de: Cambio Colombia

 

 

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