Este artículo propone un análisis crítico de este conflicto a partir de ejes fundamentales que combinan elementos de política internacional y derecho internacional. La confrontación Israel-Irán es, en efecto, un espejo en el que se reflejan las tensiones no resueltas del sistema internacional: la instrumentalización política de la guerra, el manejo colonial del conflicto, la lógica hegemónica de las potencias, la inoperancia de las instituciones multilaterales y, sobre todo, la alarmante erosión del principio de legalidad internacional.
Durante décadas, Israel e Irán mantuvieron una guerra de baja intensidad, canalizada a través de terceros actores: Hezbolá, Hamás, milicias en Siria e Irak. Esta dinámica, aunque destructiva, permitió contener la confrontación a un plano indirecto. Sin embargo, el ataque israelí de junio de 2025 a infraestructura nuclear iraní y la posterior respuesta con misiles balísticos hacia Tel Aviv marcaron el paso a una guerra abierta. Se rompe así una suerte de pacto tácito de disuasión que había funcionado como válvula de contención regional.
Guerra como instrumento de legitimación interna
El gobierno de Benjamin Netanyahu ha utilizado la confrontación con Irán como una herramienta de distracción ante una creciente presión interna e internacional por su gestión del conflicto en Gaza. En este contexto, la guerra se convierte en un instrumento de legitimación política, lo cual pone de relieve el uso estratégico del conflicto armado como mecanismo de consolidación del poder. Esta instrumentalización bélica debilita la legitimidad democrática y banaliza el uso de la violencia estatal, una práctica especialmente peligrosa en contextos autoritarios o iliberales.
Violación de la soberanía y del principio de no intervención
La intervención de Israel en territorio iraní —mediante bombardeos, sabotajes, asesinatos selectivos y ataques cibernéticos— representa una clara vulneración del principio de soberanía estatal y del principio de no intervención, pilares fundamentales del derecho internacional codificado en la Carta de las Naciones Unidas (Art. 2.4) y reafirmados en la Resolución 2625 de la Asamblea General (1970) sobre relaciones amistosas entre los Estados.
Desde una perspectiva jurídica, cualquier acto de fuerza en el territorio de otro Estado, sin consentimiento ni mandato del Consejo de Seguridad, constituye un acto ilícito internacional. En la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), casos como Nicaragua vs. Estados Unidos (1986) han afirmado que incluso el apoyo indirecto a fuerzas armadas o el financiamiento de grupos insurgentes puede constituir una violación del principio de no intervención. Mucho más grave es, por tanto, la intervención directa a través de medios militares.
La justificación israelí, basada en la defensa de su seguridad nacional frente al desarrollo nuclear iraní, no exonera a Tel Aviv de responsabilidad internacional. La soberanía no puede ser suspendida unilateralmente en nombre de una percepción subjetiva de amenaza futura.
La doctrina de la autodefensa preventiva: ¿una herramienta legal o una excepción peligrosa?
El artículo 51 de la Carta de la ONU permite el uso de la fuerza únicamente en caso de que ocurra un ataque armado, y exige notificación inmediata al Consejo de Seguridad. La doctrina de la autodefensa preventiva o anticipada, que algunos Estados —incluido Israel— han invocado en el pasado, no cuenta con aceptación unánime en el derecho internacional consuetudinario ni en la práctica generalizada de los Estados.
De hecho, la doctrina fue duramente criticada tras su uso por Estados Unidos en la guerra de Irak (2003), y ha sido calificada por numerosos juristas como un pretexto para la guerra ofensiva disfrazada de defensa. La Comisión de Derecho Internacional (CDI) y múltiples opiniones consultivas de la CIJ se han pronunciado en contra de ampliar el concepto de legítima defensa a situaciones hipotéticas o amenazas difusas.
Aceptar la defensa preventiva como justificación amplia, sin parámetros claros de inminencia, necesidad y proporcionalidad, supondría destruir el principio de prohibición del uso de la fuerza, piedra angular del sistema internacional. En ese escenario, cualquier Estado podría atacar a otro alegando peligro futuro, y el sistema se convertiría en una jungla normativa.
Intervención estadounidense: hegemonía sin controles multilaterales
La implicación directa de Estados Unidos en la campaña militar contra Irán refuerza el patrón de unilateralismo armado practicado en las últimas décadas. La ausencia de un mandato del Consejo de Seguridad y la falta de una amenaza directa contra territorio estadounidense invalidan jurídicamente la acción militar según los estándares clásicos del derecho internacional.
Este tipo de intervenciones refuerza la tesis de que las grandes potencias operan fuera del régimen legal multilateral, apoyadas por su superioridad militar y su capacidad de vetar cualquier resolución en el Consejo. La doctrina de la “coalición de voluntades” o del “orden basado en reglas” —invocada por Washington— no es parte del derecho positivo internacional y carece de validez jurídica si no se ancla en normas universales.
El peligro aquí radica en el debilitamiento del principio de igualdad soberana de los Estados y en la consolidación de un orden internacional dual: uno para las potencias, otro para los países del sur global. Este doble estándar erosiona la legitimidad del sistema jurídico internacional y alimenta el cinismo geopolítico.
Política de cambio de régimen: autodeterminación bajo asedio
La eliminación sistemática de figuras clave del régimen iraní por parte de Israel, así como el respaldo occidental a sectores opositores, responde a una estrategia de desestabilización dirigida a un eventual cambio de régimen. Esta política contraviene el principio de autodeterminación de los pueblos consagrado en el artículo 1 común de los Pactos de Derechos Humanos de 1966 y reafirmado en la resolución 2625 de la Asamblea General.
El derecho internacional prohíbe expresamente la injerencia externa en las estructuras políticas internas de un Estado, incluso si su régimen es autoritario o teocrático. La voluntad de los pueblos debe expresarse mediante mecanismos internos legítimos, no a través de operaciones clandestinas o guerras indirectas.
Las experiencias recientes —Irak, Libia, Siria— demuestran que el “regime change” impulsado externamente produce caos, vacío institucional y mayor militarización, no democratización. Desde esta óptica, la estrategia contra Irán se inscribe en una lógica neocolonial que atenta contra la paz internacional.
Tanto Rusia como China han optado por no intervenir directamente. Moscú, desgastado por su conflicto en Ucrania, ha priorizado la estabilidad regional antes que su alianza táctica con Irán. Pekín, con fuertes intereses económicos en el Golfo, apuesta por una diplomacia silenciosa. Esta ambigüedad estratégica revela los límites del sistema multipolar: si las potencias emergentes no están dispuestas a actuar como garantes del orden internacional, el poder seguirá concentrado en manos de unos pocos, perpetuando un sistema profundamente asimétrico.
Consecuencias económicas y energéticas: interdependencia bajo amenaza
El estrecho de Ormuz representa uno de los puntos neurálgicos de la economía global. Un cierre de esta vía por parte de Irán —como mecanismo de presión o represalia— podría desencadenar una crisis energética global, elevando los precios del petróleo y afectando la estabilidad económica de países importadores, especialmente los más vulnerables.
Este tipo de riesgo ilustra el principio de interdependencia global, donde un conflicto regional genera impactos sistémicos. El derecho internacional económico —en particular los marcos de la OMC y las obligaciones en materia de seguridad del transporte marítimo— se vería presionado por medidas unilaterales, sanciones cruzadas y bloqueos que no responden a consensos multilaterales.
La militarización de las rutas comerciales también puede tener efectos indirectos sobre el derecho internacional del mar, en particular sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), especialmente los artículos relativos a la libertad de navegación y los estrechos internacionales.
Crisis del multilateralismo: la ONU como actor irrelevante
La inacción del Consejo de Seguridad frente al conflicto revela la incapacidad estructural del sistema multilateral actual. El derecho de veto, ejercido de manera política y no jurídica, ha convertido al Consejo en un órgano paralizado. La ONU, lejos de ser un actor resolutivo, actúa como espectador impotente.
Esto pone en evidencia que el sistema multilateral requiere de una reforma urgente: ampliación del Consejo, eliminación del veto, fortalecimiento de la Asamblea General y dotación de mecanismos preventivos vinculantes. Sin estos cambios, el sistema seguirá siendo rehén de las potencias, perdiendo legitimidad frente a los pueblos.
Además, la debilidad del sistema de rendición de cuentas —la inoperancia de la CIJ frente a casos de agresión, la fragilidad de la Corte Penal Internacional frente a potencias no firmantes del Estatuto de Roma— muestra que el derecho internacional padece de una asimetría patológica entre poder y justicia.
Erosión del derecho internacional y amenaza a la paz mundial
El efecto acumulativo de estas prácticas —violaciones de soberanía, uso preventivo de la fuerza, intervenciones sin mandato, desprecio a las instituciones multilaterales— ha generado una erosión profunda del derecho internacional como instrumento de paz.
Si se normaliza la idea de que el uso de la fuerza es legítimo sin reglas claras, el sistema se dirige hacia una desinstitucionalización violenta del orden mundial, donde la guerra vuelve a ser una herramienta aceptable de política exterior. La historia nos advierte que este camino conduce al caos sistémico, no a la estabilidad. Además, la pérdida de confianza en el derecho internacional debilita otros pilares de la gobernanza global: derechos humanos, cambio climático, comercio justo. Todo el andamiaje jurídico internacional se ve afectado por la deslegitimación del principio de legalidad.
Reflexión final
La confrontación Israel-Irán al igual que el caso del genocidio del pueblo palestino por parte del gobierno sionista de Israel, nos enfrenta a una disyuntiva histórica: defender la supremacía del derecho internacional o rendirse ante la ley del más fuerte. La normalización del uso de la fuerza sin autorización, la expansión de doctrinas de defensa preventiva sin fundamento jurídico y la reincidencia en políticas de cambio de régimen evocan el regreso de un mundo donde la fuerza militar era el idioma dominante de la política internacional.
Resulta alarmante el resurgimiento de prácticas colonialistas e imperialistas que socavan la soberanía de los pueblos y despojan al derecho internacional de su legitimidad. Estas lógicas de dominación, encubiertas bajo el lenguaje de la seguridad y la lucha contra el terrorismo, amenazan con reinstalar un orden mundial basado en jerarquías arbitrarias y poderes fácticos. Lo que está en juego no es solo la paz regional, sino el sentido mismo del orden jurídico global.
La marginación sistemática de la ONU, la parálisis del Consejo de Seguridad y la impunidad de los Estados poderosos debilitan de manera estructural el entramado normativo que protege los derechos humanos, regula el uso de la fuerza y garantiza la convivencia pacífica. Si los principios universales se convierten en instrumentos selectivos y manipulables, el sistema internacional perderá su alma normativa, dejando a millones de seres humanos a merced de intereses geopolíticos sin freno ni control.
La comunidad internacional debe reaccionar. Es urgente recuperar la autoridad del derecho internacional y restituir la centralidad de los derechos humanos como brújula ética y jurídica. De lo contrario, lo que hoy es una guerra entre dos Estados podría ser el preludio de una descomposición global donde el derecho sea reemplazado por el miedo, y la justicia por la fuerza.
La paz no se impone: se construye. Y esa construcción solo es posible si el derecho internacional vuelve a ser la piedra angular de las relaciones internacionales. La confrontación Israel-Irán nos obliga a elegir entre dos caminos: el de la ley o el de la fuerza. Si no se restablece la primacía del derecho, si la ONU no recupera su papel central y si los Estados no se someten a las reglas que ellos mismos crearon, el sistema internacional entrará en una nueva era de inestabilidad, dominada por el unilateralismo armado y la lógica del más fuerte. La paz no se construye con misiles, sino con normas e instituciones que respeten la soberanía y la autodeterminación de los pueblos.
Jaime Gómez Alcaraz, analista en política internacional
Foto tomada de: El País
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