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Voluntad General y soberanía popular

16 junio, 2025 By Alberto Ramos Garbiras Leave a Comment

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La Voluntad General consideraba Rousseau, está conformada por la mayoría que triunfa en las urnas, de allí la importancia de la transparencia electoral. La participación en la elección del triunfador y la residencia en el país (por su nacionalidad), lo hacen parte de la Voluntad General, para ejercer la soberanía popular. Los intereses particulares dentro de la sociedad crecen y por ende rompen o chocan con la Voluntad General; sino se controlan o modulan desestructuran al Estado Republicano porque lo desvían del bien común, del Estado del bienestar consagrado en la Constitución.

El número de votos mayoritarios y la preocupación por el interés común para aquellos que participaron, mantienen la expectativa de la Voluntad General. La justicia, el bienestar general, la seguridad,  y la búsqueda de la PAZ, estos 4 aspectos apuntalan la Voluntad General. Un ciudadano no conoce a todos los demás ciudadanos que votaron y ganaron; pero el cuerpo social formado por la Voluntad General reclama para lograr el bien común, esto los identifica y empodera como miembros de la soberanía popular para crear o constituir el Estado o reformarlo, donde operan los poderes constituidos (las instituciones creadas por el pueblo en la Constituyente anterior). Los decretos muchas veces retuercen el sentido original de la Ley. Rousseau, también vislumbró que, “se hacen pasar falsamente por leyes, decretos inicuos que no tienen más finalidad que el interés particular. ¿ se deriva de ello que la Voluntad General está aniquilada o corrompida? No, es siempre constante, inalterable y pura, pero está subordinada a otras voluntades más poderosas que ella”.

Cuando un presidente de la República llega a su posesión, viene de ser ungido en las urnas por la soberanía popular que, le delega el poder por el triunfo en la votación, y comienza a ejercer la soberanía estatal para cumplir el programa de gobierno frente a la ciudadanía que lo reconoce como el ganador de esa justa electoral y avalado por los perdedores porque cumplió el itinerario y los requisitos de la competencia electoral. En síntesis, todos lo reconocen para evitar que sobrevenga el desgobierno o el caos. Todo el cuerpo social que participó espera la convivencia y un mejoramiento social con la implementación de los derechos sociales, culturales y económicos; el respeto de los derechos humanos y avances en la defensa de los derechos colectivos y del medio ambiente ya establecidos en la Constitución. El soberano popular siempre cree y espera la modernización del Estado y el funcionamiento sin obstáculos de la Democracia.

“El concepto político-jurídico de soberanía sirve para indicar el poder de mando en última instancia en una sociedad política y por consiguiente, para diferenciar a esta de las otras asociaciones humanas, en cuya organización no existe el poder supremo, exclusivo y no derivado. Por lo tanto, tal concepto está estrechamente vinculado al de poder político; en efecto, la soberanía pretende ser una racionalización jurídica del poder, en el sentido de transformar, la fuerza en poder legítimo, el poder de hecho en poder de derecho”. ( Matteucci, 1988)

Muchos ciudadanos no entienden el concepto de soberanía popular, y si no hay unidad en el cuerpo social entonces los poderes constituidos se van apoderando parcialmente de porciones del Estado a través de los partidos políticos (sus élites y jefaturas), hasta adueñarse del Estado y colocarlo a disposición de la oligarquía que vigila, “financia” y se embolsa los más grandes negocios contractuales con las prácticas neoliberales de privatización.

Se engaña al pueblo porque lo desubican con cifras y estadísticas no claras sino encriptadas, le ocultan hechos con malos propósitos, encubiertos como si fueran a beneficiar a la mayoría; enmascaran los intereses particulares en medio de artículos de una Ley que tiene aspecto de haber cumplido el trámite reglamentario; así logran engarzar los intereses de un gremio o casta privilegiada que no cumple con la distribución de la riqueza, ni genera trabajo digno; por el contrario, se confabulan con otros grupos del empresariado. El pueblo se enfrenta a un muro de leyes ya vigentes que, obstruyen los cambios. El desobedecimiento puede darse por la injusticia de una Ley formada con sesgos; entonces genera resistencias, desobediencia civil; esta forma de no acatar es un control popular a los excesos que comete un poder constituido.

Cuando las asociaciones o corporaciones de la oligarquía se crecen y funcionan bajo las reglas del mercado neoliberal, ya preconcebidas, todo lo mercantilizan (los derechos sociales, los servicios públicos…), entonces le sustraen o quitan funciones al Estado dejándolo solo como mero regulador, con intervenciones y supervisiones. La situación es peor aún si ese gobierno de turno también tiene lazos íntimos con esa oligarquía que persiste lucrarse en cada gobierno; y de sobremesa, más grave cuando ese nuevo gobierno que llega se encuentra con poderes ocultos que vienen de gobiernos anteriores, con burocracias supérstites.

A los sectores sociales (diferentes a movimientos sociales), se les puede aislar o desconectar, aunque hacen parte del pueblo como ciudadanos. Cada uno de los sectores sociales pertenece a un microcosmos que mueve la economía (artesanos, herreros, carpinteros, panaderos, camioneros, paperos, etc). Pero quien no vote no se contabiliza como parte de la Voluntad General y se aisla del ejercicio de la soberanía popular. La abstención es negativa porque les facilita a las jefaturas partidistas de los partidos tradicionales, abrogarse le representación de la Voluntad General , y en efecto, la ejercen. El abstencionismo es negativo porque rompe, fractura la Voluntad General, y deja en manos de los partidos políticos y deja en manos de ellos a los seguidores que ya bajo el clientelismo siguen siendo cooptados por favores y canonjías; así se adscriben a comportamientos que, afectan al pueblo en general. El cuerpo social (los ciudadanos que participan en las elecciones) conforman la Voluntad General, que puede ser permeada por los líderes incensarios o las mismas élites de los partidos, cuando la mayoría de los ciudadanos que participan han sido clientelizados.

Dicho de otra manera, están cediendo el espacio a los militantes de los partidos políticos que como mesnadas le colaboran a los caciques y gamonales para que a su nombre tramiten todo ante el Estado nacional y los entes territoriales regionales (Alcaldías y Gobernaciones). Los legisladores como poder constituido (los eligió el pueblo), se agrupan en bancadas que son guiadas por las élites de los partidos políticos de diferente espectro; los del centro político y los de la derecha se van corriendo a la ultraderecha para enfrentar como oposición en bloque de bancadas, al gobierno que descubre las picardías anteriores; un gobierno progresista que pretenda cambiar el sistema por uno más humano, socialdemócrata, o ecosocialista que defienda los recursos naturales, la biodiversidad; y ampliando e implementando los derechos sociales, culturales y económicos, que combata la pobreza aumentada por la permanencia del neoliberalismo.

Jean Jacques Rousseau, expresó en su libro el Contrato Social, “Cada uno, al dar su voto, emite su opinión al respecto, y del cálculo de votos se saca la declaración de la Voluntad General”. El ciudadano integrante de la Voluntad General, al votar, acepta las leyes que se expiden, incluidas las anteriores que componen el Estado de Derecho, pero cuando se percata de las trapisondas o de  los intereses ocultos enclavados en las leyes, puede demandar su inconstitucionalidad .Y si el cúmulo de esas leyes va contra la Voluntad General y la soberanía popular (contra lo que se aspiraba o quería); entonces se agrieta la credibilidad de la Rama Legislativa (el Congreso), sobrevienen los choques con el pueblo que reclama desde las calles al ser burlado, no ser oído y habérsele negado la expresión con los mecanismos de participación popular, entre ellos la Consulta Popular. El Congreso de la República taponó los mecanismos de participación popular, esto explica la salida masiva de la gente a las calles para a través del ejercicio de un derecho humano, la manifestación (artículo 37 de la Constitución), la despliegan como mecanismo de participación popular: Reclamando, pidiendo, exigiendo, pronunciándose. Por los derechos sociales no implementados hasta ahora.

El ideal sería que la Voluntad General de todos los participantes en las justas electorales tuviese un carácter ético, propendiendo por el bien común. De esta forma funcionaría mejor el Estado: El pueblo que define acepta los resultados electorales y acepta plegarse a las leyes elaboradas y discutidas por quienes eligió. Pero la abstención, la no existencia del voto obligatorio y la contaminación del sistema electoral, afectan la Voluntad General y por ende afectan la soberanía popular. Más, sin embargo, el fundamento del poder radica en la soberanía popular (artículo 3 de la Constitución). Ante las desviaciones ocurridas en estos 34 años desde que se expidió la Constitución de 1991, la solución debe ser un nuevo pronunciamiento del prístino poder popular soberano para reformar la Constitución, adecuar las instituciones respecto a la realidad actual, modificar el sistema electoral plagado de vicios, purgar al Congreso, vivificar los derechos sociales, hoy paralizados y sin implementación, por la presión del empresariado neoliberal que se mueve cooptando y fletando congresistas venales.

Aunque todas esas distorsiones y entrampamientos contra el pueblo subsisten y persisten, la soberanía popular subyace y se mantiene como el poder fundante y real para modificar el Estado. La soberanía popular es la fuente principal del derecho para que se mantenga y rehaga y para cambiar de fondo el Estado. No es el Congreso, ni cualquier otro poder constituido; hay que saber convocar al pueblo para que asuma su rol principal: Reconstruir al Estado como organización socio-política de convivencia para toda la población de la Nación. En esta coyuntura nacional el presidente de la República como depositario de la Soberanía Estatal (jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Jefe de la administración, artículo 115 de la Constitución), puede declarar y reconocer a los manifestantes de todas las reuniones públicas multitudinarias desde mayo del año 2023 cuando lanzó la propuesta de una Constituyente; puede reconocerlos y proclamarlos como Asamblea popular soberana, reunida escaladamente, reclamando los derechos conculcados. Y ésta Asamblea popular soberana procedería a seleccionar los miembros de una Asamblea Constituyente, sin seguir las condiciones del artículo 376 de la Constitución que, entorpece y obstaculiza del poder constituyente primario.

En estos 205 años de vida republicana desde la batalla de Boyacá y el Congreso de Angostura (1819), que dieron lugar a la expedición de la Constitución de Cúcuta 1821, solo se han realizado 12 o 15 intentos de Asamblea Constituyente, con imperfecciones notorias en 9 de ellas y formalidades aceptadas en 3. Pero en 8 ocasiones dentro de esas 12 o 15 experiencias,  la convocatoria se ha hecho por Decreto del presidente en cada momento histórico; en al menos 4 de ellas han reconvertido al Congreso de la república en asamblea constituyente. Una Asamblea Constituyente no puede estar reglada previamente porque sería un poder constituido. El pueblo puede de manera directa ejercer la soberanía y no delegarla (artículo 3 de la Constitución), sobre esta historia de las asambleas constituyentes redacté el 27 de mayo del año pasado una columna para esta misma Revista Sur. (Ramos, 2024).

Citas.

Matteucci Nicola. Concepto de soberanía. Tomado del libro Diccionario de ciencia política, con la colaboración de Norberto Bobbio, redactor Gianfranco Pasquino. Editorial Siglo XXI. Quinta edición, Mexico, 1988.

Rousseau Jean Jacques. El contrato social. Libro escrito en 1762. Publicado en la colección grandes obras del pensamiento. Editorial Tecnos S.A, producido por ediciones Altaya en 1993. Impreso por la litografía Roses, de Barcelona -España, 1988.

Ramos Garbiras Alberto. Asambleas Constituyentes en la historia de Colombia. Columna publicada en la Revista Sur. www.sur.org.co / Bogotá, 27 de mayo del año 2024.

 

Alberto Ramos Garbiras, magister en ciencia política, de la Universidad Javeriana; con especialización en derecho constitucional de la Universidad Libre; PhD en política latinoamericana, Universidad Nacional (UNED), de Madrid-España.

Foto tomada de: France 24

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Dra. Carolina Corcho Mejía, Presidenta Corporación Latinoamericana Sur, Vicepresidenta Federación Médica Colombiana

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