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Estrategia de Seguridad Nacional de Estados Unidos: hegemonía y control hemisférico

11 diciembre, 2025 By Jaime Gómez Leave a Comment

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La reciente promulgación de la Estrategia de Seguridad Nacional (NSS) por parte de la administración Trump representa un giro paradigmático en la política exterior estadounidense, enmarcado en el lema “América Primero”. Este documento, que se presenta como un retorno al realismo pragmático, prioriza la soberanía nacional, la disuasión militar y la contención de rivales geopolíticos, mientras reafirma doctrinas históricas como la Monroe con un “Corolario Trump” adaptado al siglo XXI. Esta estrategia no es un mero reajuste táctico, sino una intensificación del excepcionalismo estadounidense, que perpetúa patrones de dominación hemisférica y global, violando principios del derecho internacional y socavando los derechos humanos en el Sur Global.

Redefinición del interés nacional y unilateralismo normativo

El documento plantea una noción restringida del interés nacional, centrada en la supervivencia del Estado, la protección del territorio, el bienestar interno y la preservación de los “derechos naturales” de los ciudadanos. Esta formulación, aunque legítima desde el derecho a la seguridad consagrado por la Carta de la ONU, se traduce en un unilateralismo normativo que otorga a la política interna una jerarquía absoluta sobre obligaciones internacionales en materia de protección de refugiados, cambio climático, cooperación humanitaria y gobernanza colectiva.

El rechazo explícito a agendas globales y a instrumentos multilaterales implica una erosión del principio de cooperación internacional y del deber de compatibilizar seguridad nacional con normas erga omnes, una exigencia propia del Derecho Internacional contemporáneo. La primacía unilateral del interés nacional sobre el régimen jurídico global alimenta una percepción de excepcionalismo, donde la seguridad estadounidense se convierte en justificación para la inaplicabilidad o reinterpretación selectiva de normas internacionales vinculantes.

Seguridad fronteriza, migración y riesgo de criminalización

Uno de los pilares más contundentes de la estrategia es declarar que “la era de la migración masiva ha terminado”, ubicando la seguridad fronteriza como el elemento principal de seguridad nacional. La migración irregular se enmarca junto con terrorismo, narcotráfico, espionaje y trata como amenazas que comprometen la supervivencia de la república. Esta fusión conceptual convierte la migración, que en el derecho internacional es un fenómeno social con múltiples causas, en un problema de seguridad nacional, y abre la puerta a políticas agresivas, ampliación de facultades de control extraterritorial, y externalización significativa de fronteras. Esta política ignora las raíces coloniales de la migración, como el extractivismo estadounidense en América Latina que genera pobreza y violencia. Históricamente, intervenciones como la Operación Cóndor violaron derechos humanos masivos, y hoy, el enfoque punitivo contraviene el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 13), promoviendo una visión inhumana de migrantes del Sur Global.

Desde el Derecho Internacional de los Refugiados, esta aproximación produce tensiones importantes. La securitización excesiva desatiende las obligaciones de asilo, el principio de no devolución, y la necesidad de distinguir entre migración económica, desplazamiento forzado, víctimas de trata, protección humanitaria y reunificación familiar. Aunque la estrategia no niega jurídicamente el derecho al refugio, su lenguaje y orientaciones prácticas facilitan políticas de expulsión sumaria, detención indefinida, negación de acceso a procedimientos y medidas de cooperación fronteriza coercitivas con Estados latinoamericanos con débiles capacidades institucionales.

La idea de emplear fuerza letal y operaciones militares contra organizaciones criminales transnacionales en territorio extranjero, sin un mandato multilateral, vulnera el principio de soberanía estatal consagrado en el artículo 2 de la Carta de la ONU. Si tales acciones se ejecutan sin consentimiento del Estado receptor, se convertirían en intervenciones armadas unilaterales, contrarias a la prohibición de uso de la fuerza y al principio de no intervención. El precedente histórico en América Latina (Panamá, República Dominicana, Granada, Honduras y Nicaragua) demuestra que la securitización hemisférica puede derivar en intervenciones preventivas disfrazadas de acciones contra el crimen organizado.

El Corolario Trump a la Doctrina Monroe: implicaciones jurídicas y geopolíticas

El elemento más controvertido de la estrategia es la actualización de la Doctrina Monroe bajo un “Corolario Trump”, que busca garantizar que el hemisferio occidental permanezca libre de incursiones estratégicas de actores no hemisféricos y de flujos migratorios masivos. Esta versión contemporánea no solo reafirma el principio histórico de exclusión de potencias externas, sino que introduce elementos más ambiciosos: control de activos estratégicos latinoamericanos, nearshoring económico hemisférico[1], despliegues militares selectivos, y subordinación de las políticas migratorias, comerciales y energéticas latinoamericanas a objetivos de seguridad nacional de Estados Unidos. Asi pues, este corolario es una actualización imperialista que trata al hemisferio como “patio trasero”, socavando la autodeterminación y promoviendo intervencionismo contra gobiernos progresistas.

El documento afirma el derecho de Estados Unidos a “evitar que actores no hemisféricos controlen infraestructura crítica, puertos, tecnologías, minerales estratégicos y cadenas de suministro”. Desde un lenguaje jurídico-internacional, esta afirmación plantea un problema fundamental: la adquisición legal de activos por parte de terceros Estados o empresas no constituye, por sí misma, una amenaza a la seguridad nacional de Estados Unidos. Pretender revertir, bloquear o condicionar tales adquisiciones mediante presión diplomática o fuerza económica vulnera el principio de igualdad soberana y el derecho a la libre determinación económica.

Aún más delicado es el componente operativo: la estrategia permite desplegar fuerza selectiva para combatir cárteles, traficantes o redes criminales, incluso fuera del territorio estadounidense. Esta posibilidad, de materializarse sin consentimiento claro del Estado anfitrión, se convertiría en un uso unilateral de la fuerza. El derecho internacional solo permite uso extraterritorial de fuerza en tres condiciones: legítima defensa, autorización del Consejo de Seguridad, o consentimiento expreso del Estado territorial. El “Corolario Trump” no se compromete con ninguna de estas garantías. Una aplicación estricta de sus postulados favorecería acciones armadas preventivas dentro del hemisferio, justificadas bajo la narrativa de seguridad fronteriza o combate al crimen organizado.

La dimensión más sensible del corolario radica en el efecto sistemático sobre la soberanía latinoamericana. La doctrina Monroe original no negaba la intervención política estadounidense; más bien la naturalizaba. El “Corolario Trump” no se limita a impedir inserción de potencias externas: reordena la arquitectura de seguridad hemisférica bajo primacía estadounidense. Establece que la estabilidad institucional latinoamericana es condición necesaria para la seguridad estadounidense, y que los gobiernos regionales deben tomar medidas para contener migración y combatir crimen organizado “en origen”. Esto convierte problemáticas sociales y humanitarias complejas en obligaciones unilaterales de seguridad para Estados con capacidades económicas y de infraestructura limitadas.

En materia de Derechos Humanos, el efecto acumulado es preocupante. La securitización[2] impone sobre gobiernos latinoamericanos políticas de contención migratoria, militarización fronteriza y criminalización de movilidad humana, sin mecanismos robustos de supervisión de abusos. Ya existen indicios: externalización de fronteras mexicanas después de 2019, acuerdos bilaterales de tercer país seguro sin infraestructura humanitaria adecuada, estigmatización de solicitantes de refugio, y aumento de la detención migratoria en zonas rurales, muchas veces sin garantías procesales. El “Corolario Trump” no crea estas dinámicas, pero les otorga un marco doctrinal explícito y legitimador.

El impacto potencial es doble:

  1. Se reduce el estándar humanitario y la protección internacional de migrantes, solicitantes de asilo y desplazados climáticos.
  2. Se produce una dependencia estructural: Estados latinoamericanos se ven obligados a actuar como extensiones operativas de control fronterizo y seguridad estadounidense, erosionando su autonomía en materia migratoria.

Este modelo configura una externalización coercitiva que contradice el derecho a la autodeterminación regulatoria, coloca a Estados débiles ante presiones bilaterales difíciles de resistir y debilita los sistemas institucionales locales, muchas veces incapaces de cumplir funciones policiales sin afectar derechos básicos.

En términos jurídicos, el “Corolario Trump” se aproxima a un sistema de protectorado funcional no declarado, donde la soberanía se mantiene formalmente intacta, pero la política migratoria, fronteriza, de inversión estratégica y de seguridad se condiciona a objetivos no nacionales. El derecho internacional reconoce el derecho de los Estados a cooperar en seguridad regional, pero no legitima asimetrías estructurales que conviertan la cooperación en subordinación. Dentro de la nueva doctrina de seguridad, la coordinación será siempre subordinación.

Reindustrialización, dominio energético y proteccionismo normativo

La estrategia económica reindustrializa el territorio nacional, fortalece cadenas de suministro críticas y restablece dominio energético mediante carbón, gas, petróleo y energía nuclear. Estas políticas son racionales para reconstrucción industrial y resiliencia económica, pero entran en tensión con compromisos climáticos, responsabilidad ambiental internacional y principios multilaterales de comercio. La subordinación del régimen climático al crecimiento energético fósil debilita obligaciones pactadas y erosiona el pilar normativo de sostenibilidad global.

OTAN, paz a través de la fuerza y la tradición de transgresiones al Derecho Internacional

La adhesión al principio de “Paz a través de la fuerza” (disuasión) es un recordatorio del enfoque de que la fuerza es el mejor elemento disuasorio. Si bien la disuasión es un principio legítimo, la tradición de “invasiones y transgresiones al Derecho Internacional” por parte de EE. UU. introduce un poderoso factor que pone en cuestionamiento la voluntad de la administración de someter su fuerza militar a las restricciones de la Carta de las Naciones Unidas, especialmente en lo relativo al uso de la fuerza (ius ad bellum). El mantenimiento de la superioridad militar se convierte en el fin último de la política de seguridad, lo que inevitablemente intensifica la competición estratégica interestatal (China y Rusia), definida como la principal amenaza.

Exigiendo que aliados asuman responsabilidades regionales, incluyendo el 5% del PIB en defensa para la OTAN (Compromiso de La Haya), la NSS critica la carga histórica de EE.UU. Sin embargo, esto no reduce el imperialismo, sino que lo redistribuye, como en la OTAN, donde EE. UU. ha usado aliados para intervenciones ilegales, como en Libia (2011). Además, impone cargas a naciones europeas mientras EE.UU. retiene el control, perpetuando una alianza que marginaliza voces del Sur Global.

Reajustes geopolíticos y consecuencias sistémicas

El NSS impulsa un reajuste global, reduciendo la prioridad de Europa y Oriente Medio, en parte gracias al dominio energético interno restaurado (petróleo, gas, carbón y nuclear), lo que disminuye la razón histórica de compromiso directo en Oriente Medio.

La política hacia el Sur Global se define por la competencia directa contra China. El cambio de un paradigma de “Ayuda” a uno de “Inversión y Comercio” busca contrarrestar la influencia china. Si bien la estrategia promete no imponer sus valores y buscar “relaciones comerciales pacíficas”, la insistencia en el “liderazgo tecnológico” (IA, biotecnología) y el uso de la influencia económica para dictar las opciones de asociación es una forma de compulsión diplomática que contradice la promesa de no intervencionismo.

La Estrategia de Seguridad Nacional bajo Trump constituye un documento doctrinal de carácter estratégico brutalmente sincero sobre la primacía del poder: reordena prioridades geográficas, fortalece seguridad económica y exige corresponsabilidad defensiva. Sin embargo, en su dimensión jurídica y humanitaria, plantea riesgos sustantivos: erosiona obligaciones internacionales, legitima políticas de securitización migratoria, favorece reinterpretaciones expansivas de la soberanía estadounidense y configura un marco de subordinación hemisférica bajo el “Corolario Trump” que revive una doctrina anacrónica. El documento es un llamado a la fragmentación sistémica y al establecimiento de un orden mundial menos libre y más transaccional.

El desafío central consiste en reconciliar seguridad nacional con seguridad humana. La protección del territorio estadounidense no puede construirse a costa de la desprotección de otros países, a la erosión estructural de derechos fundamentales, del debilitamiento de soberanías latinoamericanas ni de la instrumentalización de poblaciones vulnerables bajo una doctrina hemisférica sin controles multilaterales. Confrontar esta política violatoria a los mínimos principios de la autodeterminación de los pueblos, se coloca como una tarea prioritaria y fundamental.

Habrá oportunidades para conocer y escuchar las propuestas que los distintos candidatos presidenciales plantean frente a este tema.

______________________

[1] El nearshoring económico es una estrategia de relocalización productiva en la que las empresas trasladan parte de su producción, servicios o cadenas de suministro a países cercanos geográfica o culturalmente a su mercado principal, en lugar de mantener esas operaciones en regiones muy lejanas

[2] La securitización es un concepto central en estudios de seguridad y relaciones internacionales que describe el proceso mediante el cual un actor político (generalmente un Estado, un gobierno o una élite institucional) define un problema como una amenaza existencial para la seguridad, de modo que puede justificar medidas extraordinarias más allá de las normas políticas habituales.

Jaime Gómez Alcaraz, Analista Internacional

Foto tomada de: El País

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