La reforma que llevó el Gobierno y fue aprobada en la Cámara responde a una serie de reuniones, monitoreadas inclusive por la OIT, en donde los gremios participaron y no fueron ajenos. Hubo bastantes foros y reuniones por parte de los sectores concernidos.
Los derechos sociales involucran el reconocimiento del derecho al trabajo. Por ello la Constitución del 91 al establecer el Estado Social de Derecho y fundarlo en pilares como la dignidad humana, la solidaridad, el interés general y el trabajo, propende porque el Congreso desarrolle un Estatuto del Trabajo que tenga unos lineamientos claros de justicia social. Sin embargo, 34 años después de expedida la Carta aún sigue sin proferirse este Estatuto en clara inobservancia del art. 53 de la Lex Legum.
El art. 53 ordena que el Congreso “expedirá” dicho Estatuto y lo que vemos es un fraude del legislativo que raya en lo que se denomina inconstitucionalidad por omisión absoluta. Por ello, he propuesto crear esta figura en una reforma constitucional. Cualquier persona podría demandar la inacción del legislativo.
Otra deuda pendiente es el desarrollo del concepto “servicios públicos esenciales” estipulado en el art. 56 de la Carta, para garantizar el derecho de huelga, tema que ha sido semillero de pleitos. Tampoco se ha reunido la Comisión permanente de concertación laboral ordenada por el art. 56 ibidem y que debe ser tripartita.
La población económicamente activa en Colombia son 23 millones de personas aproximadamente, y 10 o 12 millones están en la informalidad, lo cual genera un panorama preocupante que pareciera no interesarle a las fuerzas de oposición al Gobierno. Salud, pensiones y trabajo con el anclaje de la justicia social que pretende ser desconocida por sectores que no defienden el equilibrio social y la redistribución del ingreso y la riqueza. En la tensión entre capital y trabajo, en los países nórdicos se desarrollaron las fórmulas para equilibrar al sector débil con el sector fuerte de la economía. No hemos aprendido de ello y seguimos dando tumbos en aspectos básicos como por ejemplo frente al art. 57 de la Carta, que señala que “la Ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas”. Cuando aumenta la productividad de las empresas no hay estímulos para sus trabajadores. Las modalidades precarias de contratación también deberían superarse. Los jóvenes no tienen esperanza de pensionarse algún día.
Hoy tenemos nuevos fenómenos laborales, como el trabajo en plataformas digitales y diversas modalidades que surgen de la revolución tecnológica. Por ello, debería el Congreso acompasarse con los nuevos tiempos, en un mercado laboral cada día más dinámico, pero donde el Estado debe entrar a regular las relaciones laborales para evitar injusticias en la práctica.
Confiemos que se le dé trámite a la Consulta Popular y que en ella se incluyen temas de salud, así como la reducción de los salarios de los congresistas, que nuevamente se hundió en las cámaras. No hay voluntad política.
El pueblo como constituyente primario debería abanderar este cambio y el llamado del presidente Petro y las centrales obreras hacia allí apuntan. Amanecerá y veremos.
COLETILLA. Felicito las audiencias del Tribunal Internacional de Opinión TRINO, realizado el 23 y 24 de mayo y que se puede ver en youtube, frente al crimen contra los dirigentes comunales en Colombia. Fue un buen ejercicio de justicia alternativa en conciencia que bien vale la pena apoyar y divulgar.
Luis Bernardo Díaz, Presidente Tribunal Internacional de Opinión TRINO
Foto tomada de: MSN
Deja un comentario