El pueblo colombiano ya no espera los cambios democráticos prometidos por el gobierno del presidente Petro, puesto que al no contar con bancadas mayoritarias sus reformas democráticas quedaron atascadas en el pantano de la democracia representativa hegemonizada por las mayorías de la extrema derecha neoliberal. Solo la movilización popular podrá conquistarlas.
El presidente Petro, recurrió a la democracia participativa y solicitó al Senado la convocatoria de una consulta popular, para que el pueblo decida sobre la reforma laboral e inscribió las doce (12) preguntas que en su opinión debe contener dicha reforma. El Senado, sin la facultad de debatir ni modificar el contenido de las preguntas, tendrá que decidir en un plazo de 20 días si aprueba o niega la convocatoria de dicha consulta. Aprobar o negar la consulta requiere el voto de la mitad más uno de los 108 senadores que integran esta corporación.
Si la aprueba, la consulta debe ser convocada en los cuatro meses siguientes y, para que esta sea válida, se requieren 13.6 millones de votos por el SI o por el NO; es decir, la tercera parte los 40.963.370 que conforman el censo electoral vigente. Si se alcanza este umbral, cada pregunta debe obtener 6.801.000 votos por el sí para que quede aprobada. Las preguntas, una vez aprobadas, imponen al Senado un mandato de actuación (Corte Constitucional). Esto es que deben ser adoptadas por el senado como nueva ley de la República. Si no lo hace, el gobierno queda facultado, constitucional y legalmente, para adoptarlas mediante decretos con fuerza de ley. Se trata de un mandato del pueblo que no puede ser soslayado, ni negado, ni modificado, ni postergado.
Las doce preguntas, corresponden a la reforma laboral negociada y aprobada en la Cámara de Representantes. Esto significa que, lamentablemente, el gobierno decidió no incluir el capítulo de los derechos colectivos, que equivale a la mitad de la reforma según las palabras del propio presidente Petro en la plaza de Bolívar el pasado 18 de marzo.
Los derechos colectivos son conquistas, que la clase trabajadora ejerce en conjunto, tales como el derecho de asociación sindical, crear, afiliarse o no a sindicatos, presentar y negociar pliegos y firmar convenciones colectivas de trabajo, ejercer el derecho a la huelga, etc., consagrados en los convenios clave de la OIT, 87/1948 de la libertad sindical y 98/1949, sobre el derecho a la sindicalización y la negociación colectiva, y ratificados por Colombia en 1976, protegidos por la CP (artículo 39 y siguientes) y por el C. S.T, pero negados en la práctica por la persecución contra el sindicalismo, despidos colectivos de trabajadores sindicalizados, asesinatos de líderes y lideresas sindicales, “pactos colectivos” paralelos, esquirolaje, contratos sindicales, etc. Gobiernos, patronos y jueces laborales se han confabulado para hacer nugatorios los derechos colectivos. Por esta razón, Colombia ha estado, durante décadas, bajo vigilancia especial de la OIT; los derechos colectivos seguirán siendo una conquista pendiente de la clase trabajadora. Hasta hoy, dichos derechos siguen convertidos en pieza de museo.
El gobierno, al no incluir los derechos colectivos en la consulta popular, renunció a promover la reforma laboral democrática integral. No obstante, las 12 preguntas tienen el propósito de rescatar derechos laborales que le fueron despojados a la clase trabajadora por los gobiernos neoliberales de César Gaviria, Andrés Pastrana, Álvaro Uribe, Juan Manuel Santos e Iván Duque y crear otros para quienes han trabajado y trabajan en condiciones precarias y sin ninguna clase de derechos. En este contexto, las 12 preguntas son, sin duda, una propuesta de restablecimiento de derechos que le fueron despojados a la clase trabajadora con la ley 789/ 20202, del gobierno neoliberal de Álvaro Uribe Vélez. Las siguientes son, entre otras, las razones por las cuales las y los colombianos debemos votar SÍ por todas las preguntas:
- ¿Está de acuerdo con que el trabajo de día dure máximo ocho (8) horas y sea entre las 6:00 am y las 6:00 pm?
Lógicamente debemos votar SI. Así será derogado el artículo 25 de la ley 789 que amplió la jornada diurna hasta las 10 PM y restablecerá el derecho de los trabajadores recibir un pago de 100% de su trabajo diurno hasta las 6pm y el recargo de ley por trabajo nocturno, a partir de las 6pm y no de las 10 pm. Los empresarios, durante 23 años, apoyados en la ley 789/2002, les robaron billones a los millones de trabajadores/as colombianos y precarizaron su trabajo. Según el ministerio de trabajo, un trabajador de salario mínimo dejó de percibir en 23 años $22.819.586. A 4.5 millones de trabajadores de salario mínimo les robaron $2.2 billones aproximadamente.
- ¿Está de acuerdo con que se pague con un recargo del 100% el trabajo en día de descanso, dominical o festivo?
Votaremos Si, pues antes de la ley 789 el recargo dominical y festivo era del 100% sobre el valor del trabajo ordinario, la ley 789 lo redujo al 75%; durante 23 años los capitalistas engordaron sus arcas a costa del robo del trabajo en dominicales, festivos y las jornadas nocturnas, al tiempo que precarizaron el trabajo asalariado y empobrecieron a las y los trabajadores colombianos. Con el robo de los recargos dominicales y festivos los 4.5 millones de trabajadores con SMLV dejaron de percibir $2.2 billones en los últimos 23 años.
- ¿Está de acuerdo con que las micro, pequeñas y medianas empresas productivas, preferentemente asociativas, reciban tasas preferenciales e incentivos para sus proyectos productivos?
Votemos SI. Es sabido que las medianas, pequeñas y microempresas generan el más alto porcentaje de empleos en Colombia y, si dichas empresas formalizan el empleo, deben recibir incentivos que contribuyan con la sostenibilidad de las mismas para que garanticen el empleo. Durante los gobiernos de Uribe, se subsidió la gran empresa para que supuestamente crearan empleos que nunca crearon y Duque, en la pandemia, pagó parte de las nóminas de las grandes empresas; pero, negaron auxilio a miles de pequeñas, medianas y microempresas, que fueron arrojadas a la quiebra y se perdieron cientos de miles de empleos. Esta reforma beneficiará a más de 18 millones de trabajadores que anualmente contratan las mipymes.
- ¿Está de acuerdo con que las personas puedan tener los permisos necesarios para atender tratamientos médicos y licencias por períodos menstruales incapacitantes?
Debemos votar sí. Se trata de una reivindicación para las mujeres que son la mayoría de la población colombiana; además, se protegen los derechos a la salud, la no discriminación y la equidad de género en el trabajo, acorde con los acuerdos consagrados en el convenio 111 de 1958 de la OIT, que prohíbe la discriminación por motivos de sexo, raza, religión, opinión política, etc. y el convenio 155/1981 sobre seguridad y salud de los trabajadores, que obliga a los patronos a garantizar condiciones de trabajo saludables, incluido el acceso a tratamientos médicos y ausencias justificadas por razones de salud y el convenio 102/1952 sobre normas mínimas de seguridad social, que incluye licencias por dolencias médicas justificadas, incluidos los cuadros menstruales incapacitantes. Se protegerán 17 millones de mujeres menstruantes que conforman la fuerza laboral colombiana.
- ¿Está de acuerdo en que las empresas deben contratar al menos dos (2) personas con incapacidad por cada cien (100) trabajadores?
Votaremos sí. Así daremos cumplimiento a los convenios 159 de la OIT (1983), ratificado por Colombia en 1991, pero no aplicado y, la Recomendación 168 que complementa el Convenio 159, que instan a los estados miembro a adoptar políticas de igualdad de oportunidades y de trato para personas con discapacidad. La mezquindad de los gremios económicos del empresariado, no les permite reconocer esta media de inclusión laboral para este sector de la población que, por su condición, necesitan hacer efectivo su derecho al trabajo. Apoyar esta pregunta protegerá a 1.600.000 trabajadores y trabajadoras en condición de incapacidad.
- ¿Está de acuerdo con que los jóvenes aprendices del SENA y de instituciones similares, tengan un contrato laboral?
Al votar Sí, haremos un acto de justicia con la mayoría de los y las jóvenes colombianos, porque les restablecerá sus derechos a quienes ingresan al SENA a recibir capacitación para integrase en mejores condiciones laborales al mercado de trabajo. Antes de la ley 789, los y las aprendices ingresaban al SENA mediante un “Contrato de aprendizaje” equiparado al contrato laboral, conforme a la Ley 1288/1959, que contemplaba el reconocimiento de prestaciones sociales y demás derechos contenidos en el C. S.T., cesantías, primas y vacaciones; el contrato era por dos años y podía extenderse hasta tres años, los afiliaban al sistema de seguridad social en salud y riesgos laborales. La ley de Uribe les cercenó todos sus derechos y les impuso, “un apoyo económico mensual que no constituye salario y no genera prestaciones sociales”. Se restituirán los derechos a más de 430.000 aprendices del SENA y de otras instituciones.
- ¿Está de acuerdo que las personas trabajadoras en plataformas de reparto acuerden su tipo de contrato y se les garantice el pago de seguridad social?
Votaremos SI. Para acabar con esta nueva forma de trabajo esclavo de la modernidad digital, sin ninguna garantía, los y las vinculan como “contratistas independientes”, sin contrato de trabajo, ni prestaciones sociales, de la tarifa que les pagan, la plataforma les descuenta de sus ingresos entre el 25% y 35% de comisión, su remuneración depende del tiempo de trabajo y el número de pedidos que distribuyan. Las y los trabajadores de estas “modernas” plataformas están sometidas al trabajo esclavo, trabajan a destajo, hasta que las fuerzas les alcancen, sin garantía de un ingreso mínimo, ni horas extras, ni nocturnas; deben afiliarse por cuenta propia a salud y pensión y se deben afiliar a una ARL, pero en condiciones precarias y, deben asumir los costos de mantenimiento del vehículo, su herramienta de trabajo. Esta es la fuerza de trabajo más barata del mercado laboral. Otorgaremos derechos a más de 430.000 trabajadores precarizados de estas plataformas.
- ¿Está de acuerdo con establecer un régimen laboral especial para que los empresarios del campo garanticen los derechos laborales y el salario justo a los trabajadores agrarios?
Votaremos SI. Se trata de superar una injusticia que lleva siglos pesando sobre las y los trabajadores agrarios; la inmensa mayoría son jornaleros sobrexplotados por el puñado de grandes terratenientes que concentran la propiedad de la tierra en Colombia, que, en no pocos casos, han expoliado, con la complicidad del Estado y de las bandas paramilitares, la tierra a los campesinos y las campesinas. No reconocen su trabajo, ni les pagan salario, ni les garantizan contrato de trabajo, sin prestaciones sociales, ni seguridad social en salud, ni ARL; jamás han estado afiliados a un fondo de pensiones, ni pudieron construir una pensión. Vamos a favorecer 3.2 millones de trabajadores agrícolas; 83.9% están en la informalidad y el 70% gana menos del salario mínimo y sin derechos laborales, ni prestaciones sociales.
- ¿Está de acuerdo en eliminar la tercerización e intermediación laboral mediante contratos sindicales que violan los derechos laborales?
Votaremos SÍ, haremos justicia y pondremos fin a las trampas de la tercerización, la intermediación laboral y los contratos sindicales, que mediante los decretos 1429/2010, 1072/2015 y los artículos 482, 483 y 484 del CST, legalizaron los gobiernos de Álvaro Uribe y Juan Manuel Santos, para desvirtuar la razón de ser y la misión del sindicalismo y facilitar a los empresarios lo que se llamó “contratación laboral a través de terceros”, para no contratar ellos directamente los trabajadores y, evitar el reconocimiento de los derechos laborales y colectivos. Los contratos sindicales son también una forma de tercerización laboral, pero más grave, porque las empresas recurren al sindicalismo amarillo, patronal y de papel, en el que los burócratas y testaferros sindicales se comprometen con la empresa a ejecutar una obra o prestar un servicio con sus afiliados. El 97% de trabajadores y trabajadoras de la salud están vinculados mediante contratos sindicales.
- ¿Está de acuerdo que las trabajadoras domésticas, madres comunitarias, periodistas, deportistas, artistas, conductores, entre otros trabajadores informales, sean formalizados o tengan acceso a la seguridad social?
votar SÍ, es hacer justicia con millones de trabajadores y trabajadoras sometidos a la explotación laboral por órdenes de prestación de servicios, mal pagados y sin ninguna clase de derechos, en permanente inestabilidad, con la incertidumbre de no saber si les renovarán el contrato; son víctimas de la informalidad, incluidos los y las profesionales de la medicina y demás trabajadores de la salud; viven expuestos al acoso laboral y sexual, al clientelismo y al constreñimiento electoral, obligados a votar por los candidatos o candidatas que los politiqueros les ordenan. Le otorgaremos derechos al 55.9%; a 12.8 millones de trabajadores y trabajadores que están en la informalidad, les mejoraremos sus ingresos. Casi todos los hospitales y clínicas tienen a los trabajadores tercerizados.
- ¿Está de acuerdo en promover la estabilidad laboral mediante contratos a término indefinido, como regla general?
Votaremos SI. Recuperaremos los derechos a la estabilidad laboral y los contratos a término indefinido que son el propósito fundamental de las luchas de la clase trabajadora, que articula el combate por el derecho al trabajo y los derechos colectivos. El derecho a la negociación colectiva y la firma de convenciones colectivas, son la herramienta fundamental para conquistar la estabilidad laboral, alcanzar reivindicaciones e impedir los despidos sin causa justa. Con la garantía de la estabilidad laboral y el contrato a término indefinido, las y los trabajadores podrán tener la certeza de mantener una familia, construir una pensión para vivir su vejez en dignidad. Restableceremos los derechos a 3.7 millones de trabajadores que tienen contrato a término fijo y al 60% de la clase trabajadora sometida a la informalidad. Ya, a 1.051.000 trabajadores públicos sometidos al clientelismo y la politiquería víctimas de la contratación por órdenes de servicio.
- ¿Está de acuerdo con constituir un fondo especial destinado al reconocimiento de una pensión para los campesinos y campesinas?
votaremos SI. primero porque la extrema derecha parlamentaria, defensora de los intereses de los capitalistas y los terratenientes, negó la inclusión de esta justa reivindicación de las y los trabajadores del campo en la reforma pensional y, segundo, porque la no inclusión de este derecho de los campesinos y las campesinas en la reforma laboral violaría el fundamental derecho a la igualdad, consagrado en los convenios firmados por Colombia en la OIT. El triunfo de la consulta popular será un golpe certero al oprobioso régimen neoliberal imperante en Colombia. Serán favorecidos 3.9 millones de campesinos y campesinas. –
José Arnulfo Bayona, Miembro de la Red Socialista de Colombia y Fiscal de ANEP (Asociación Nacional de Educadores Pensionados).
Foto tomada de: Diario Red
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